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lunes, 17 de septiembre de 2018

En TAMAULIPAS "USAR RECURSOS PUBLICOS y COACCIONAR el VOTO" CUESTA 40 MIL PESOS,SANCIONAN a la ALCALDESA de REYNOSA...y siguen los lios con "Cabeza".

El Tribunal Electoral del estado de Tamaulipas confirmó la sanción de 40 mil 300 pesos contra la alcaldesa Maki Ortiz Domínguez por los delitos de coacción al voto y uso indebido de recursos públicos, de acuerdo a la resolución emitida por este órgano judicial.
Asimismo determina la inexistencia de infracciones en materia de propaganda electoral a Ortiz Domínguez y a José Alvarado Garza Salinas.
Igualmente en el documento emitido anteayer no se acredita la infracción consistente en el uso indebido de recursos públicos atribuida a Oralia Cantú Cantú, José Luis Hernández Garza, Roberto Carlos Rodríguez Romero, Carlos Peña Ortiz y Marco Antonio Martínez.
De este modo el Tribunal electoral contesta a la impugnación presentada por los abogados del Partido del Movimiento de Regeneración Nacional.
Al respecto, Cosme Cerecedo Gutiérrez, representante legal de Morena, dijo que la resolución del tribunal local es positiva primero porque confirma la sanción en contra de Ortiz Domínguez, cometidas en el pasado proceso electoral, y con esta determinación se confirma también la existencia de los delitos electorales.
Igualmente agrega que el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas desechó la impugnación presentada por el equipo legal de la entonces candidata del PAN a la presidencia municipal.
En cuanto a la existencia y confirmación de sanciones y delitos, Cerecedo Gutiérrez lo estimó como un avance en la lucha que llevan a cabo los representantes legales de este partido.
Explicó que en la resolución del viernes le regresan el expediente al Instituto Electoral de Tamaulipas para que especifique porqué delitos se sancionó a la alcaldesa, ya sea por el uso indebido de recursos o de la coacción al voto.
Abundó al considerar que es objetivo la resolución: una por coacción al voto y otra es por utilización de recursos, sólo que el Tribunal le ordena al Ietam individualizar las multas, si es acumulada o sólo es una multa para una de las dos infracciones.
Al respecto la resolución emitida en Ciudad Victoria dice: "Sentencia que revoca parcialmente la resolución Ietam/CG-26/2018, emitida dentro del procedimiento especial PSE-75/2018, toda vez que la responsable omitió precisar si sancionó una sola conducta, o con la multa que impuso
sancionó las dos infracciones que tuvo por acreditadas".
Hace la observación que a los coparticipantes de los delitos no se les sanciona, por lo que puede hablarse de una contradicción. 

fuente.-

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