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domingo, 3 de abril de 2022

"DESVIO de PODER,la LEY CDV ?": PANISTAS en la CAMARA de DIPUTADOS PROPONEN 6 AÑOS de CARCEL a QUIEN como CABEZA de VACA PRACTIQUE la "PERSECUCION POLITICA"...para obtener beneficios económicos o políticos.



Pese a que Francisco Javier Garcia Cabeza de Vaca,destacado como el "peor gobernador panista del pais" ejerce como deporte la "violencia politica que utiliza como arma para someter adversarios",la bancada hipócrita del PAN en la Cámara de Diputados propone  una iniciativa de ley, que pereciera se la estuvieran dedicando,pues busca castigar con hasta seis años de prisión a aquellos funcionarios que ejerzan persecución política en el país, un rubro  en el que se ha destacado sobradamente, el perseguido federal por delincuencia organizada.

La propuesta publicada en la Gaceta Parlamentaria y presentada en la Tribuna por la diputada Ana Teresa Aranda se plantearon reformas al Código Penal Federal, para establecer el delito de “desvío de poder”.

En ese sentido, se señala que quien cometa el delito de “desvío de poder”, será penalizado con dos y hasta seis años de cárcel. También se le aplicarán de 30 a 100 días de multa.

Esta sanción será aplicable a los servidores públicos que usen discrecionalmente alguna de sus atribuciones o facultades legales, para afectar ilícitamente de manera directa o indirecta los derechos de otras personas.

El planteamiento añade que serán delitos contra la administración de justicia, los cometidos por servidores públicos, cuando abran u ordenen la apertura de carpetas de investigación sin que exista una denuncia, acusación, querella o requisito equivalente.

Y cuando con ello, causen daño indebido o menoscabo a los derechos de otra persona, para tener alguna ventaja o beneficio ilícitos de orden económico, político o electoral.

En esa misma categoría delictiva entrarán el “acusar, nombrar, señalar o expresarse de manera que vulnere la presunción de inocencia de una persona sin que esta hubiese sido condenada por virtud de sentencia firme”.

También serán conductas delictivas de ese tipo, el recopilar, exhibir, ocultar, destruir, perder o modificar documentos, constancias o cualquier información pública o privada en contra de una persona, de manera que vulnere su presunción de inocencia sin que exista condena a partir de una sentencia firme. 

A quien cometa los delitos señalados, se le impondrán de tres y hasta ocho años de prisión, así como multas de 30 a mil 100 días.

En artículos transitorios, agregaron que cuando se cometan las conductas delictivas señaladas, los procesos o procedimientos penales iniciados contra la víctima, se sobreseerán.

“Se sobreseerán desde luego todos aquellos procedimientos y procesos penales que se hubiesen iniciado, ya sea en sede ministerial o judicial, por las razones que se señalan en este decreto, sin menoscabo de los derechos de las víctimas y ofendidos cuando se les hubiese reconocido dicha condición”, dice el proyecto.

Con información de: MVS Noticias/(enlace original)


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