Rafael Caro Quintero perdió ayer la última batalla legal con la que pretendía que fuera cancelada en México la persecución en su contra, para ser entregado a Estados Unidos por el asesinato en 1985 del agente de la DEA, Enrique Camarena.
Por mayoría de votos, el Primer Tribunal Colegiado Penal en la Ciudad de México negó en última instancia al capo sinaloense el amparo contra la orden de detención provisional con fines de extradición a la Unión Americana.
A propuesta del Magistrado Juan José Olvera López, y con el voto de Francisco Javier Sarabia Ascencio, el tribunal determinó que no está acreditado que la acusación por la que pretenden extraditarlo los estadounidenses sea una cosa juzgada en México.
El 11 de agosto de 2013, el Juzgado Sexto de Distrito en Procesos Penales Federales en la Ciudad de México ordenó la detención provisional con fines de extradición de Caro Quintero por ocho cargos penales, tres de ellos relacionados con el crimen de Camarena.
El traficante presentó el amparo contra este mandamiento judicial, alegando que ya había sido juzgado en México por este caso e incluso sentenciado. De hecho, en nuestro país se encuentra prófugo de la justicia por una orden de reaprehensión por este crimen.
Por ello, reclamó la inconstitucionalidad de varios artículos de la Ley de Extradición y el Tratado de Extradición de México con Estados Unidos y argumentó que, de proceder este mandamiento, se violaría el principio de que nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos.
El único miembro del colegiado que ayer consideró que la acusación de Estados Unidos es la misma por la que ya fue sentenciado en México, fue el Magistrado Horacio Hernández Orozco.
El fallo del tribunal confirmó la sentencia del Juzgado Décimo de Distrito en Amparo de esta capital, dictada el 16 de junio de 2014.
Entre los ocho cargos contra el capo, cuatro son por la comisión de delitos violentos para asistir a la delincuencia organizada, y uno de asociación delictuosa para cometer delitos violentos a fin de asistir a la delincuencia organizada.
También le fincaron un cargo de asociación delictuosa para secuestrar a un agente federal, otro por el secuestro de un agente federal, y uno más por el homicidio grave de un agente federal.
Si Caro Quintero fuera capturado, su extradición sólo podría ser autorizada si Estados Unidos garantiza con una carta-compromiso que no aplicará la pena de muerte, castigo que está considerado para los homicidios en el Código Federal de este país.
El capo ya había sido sentenciado a 40 años de prisión por la justicia mexicana, por el crimen de Camarena y del piloto mexicano Alfredo Zavala Salazar.
Sin embargo, el 9 de agosto de 2013 el traficante abandonó el Penal Estatal de Puente Grande, en Jalisco, luego de 28 años de reclusión.
Su liberación respondió a que un tribunal concluyó que la justicia federal no era competente para juzgarlo por el caso Camarena, pues los delitos de secuestro y homicidio son del fuero común.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación revocó esta resolución y, en cumplimiento a ella, el 22 de enero de 2015 el Segundo Tribunal Unitario Penal de Guadalajara ordenó su reaprehensión y ratificó su condena de 40 años de cárcel.
Es decir, le faltaría compurgar 11 años y siete meses de la condena.
Está por verse si el Gobierno de México, en caso de recapturarlo, opta por hacerle cumplir el resto de su condena dictada por la justicia federal, o primero lo extradita a Estados Unidos.
Por lo pronto, el nacido el 24 de octubre de 1952 en Badiraguato, Sinaloa, se encuentra ilocalizable.
Delitos por los que se ordenó la detención con fines de extradición:
· 4 cargos de comisión de delitos violentos para asistir a la delincuencia organizada
· 1 de asociación delictuosa para cometer delitos violentos a fin de asistir a la delincuencia organizada
· 1 de asociación delictuosa para secuestrar un agente federal
· 1 de secuestro de un agente federal
· 1 de homicidio grave de un agente federal
Y el candado
· Para lograr la extradición del capo, EU debe enviar a México una "carta-compromiso" en la que asegure que no le aplicará la pena de muerte, prohibida por la Constitución mexicana.
· La orden de detención provisional con fines de extradición se basa en una orden de aprehensión contra Rafael Caro Quintero librada en 1987 por la Corte Federal del Distrito Central de California en Los Ángeles.
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