jueves, 13 de junio de 2024

"HAMPONES YA se FUERON IMPUNES": ORDENA la SUPREMA CORTE REABRIR CASO de la GUERRA SUCIA que INVOLUCRA FEDERALES y MILITARES MULTIASESINOS"...y desde entonces han cambiado muy poco.


La Suprema Corte de Justicia ordenó hoy reabrir la investigación por detención ilegal y tortura de cuatro familiares del líder guerrillero Lucio Cabañas a manos de agentes federales, durante la llamada Guerra Sucia de la década de 1970.

Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Corte amparó a Juana, Rosa Elena e Irene Nava Cabañas, así como a Flavia Cabañas Gómez, contra un no ejercicio de la acción penal determinado por la FGR en enero de 2022.

Con este fallo, la FGR tendrá 12 meses para concluir la investigación y, en colaboración con otras autoridades, resolver si ejerce acción penal, lo que será obligatorio si comprueba que hubo delitos de lesa humanidad.

La mayoría determinó que la desaparición forzada transitoria de las quejosas a manos de agentes de la extinta Dirección Federal de Seguridad (DFS) y militares, así como la tortura en su contra, son delitos de lesa humanidad que no prescriben y pueden ser sancionados, pese a que no estaban tipificados en el derecho penal mexicano en esa época.

LA MAYORIA YA ESTAN MUERTOS:


La averiguación motivo de este amparo inició en 2015, como derivación de las abiertas en 2002 por la fiscalía especial que el entonces Presidente Vicente Fox creó para indagar delitos de la Guerra Sucia, misma que incluso acusó por genocidio al ex Presidente Luis Echeverría, pero más allá del ruido político, solo logró una condena contra un ex agente de la DFS.
Por el tiempo transcurrido, alrededor de 50 años, lo más probable es que los involucrados ya fallecieron. La DFS, por ejemplo, no existe desde 1985.
Aún así, la Corte sostuvo hoy que las conductas denunciadas ya eran consideradas crímenes de lesa humanidad por el derecho internacional cuando fueron cometidas, rechazando alegatos de la FGR sobre prescripción y aplicación retroactiva de la ley.

"No sería sostenible mantener que los crímenes de lesa humanidad, al no existir un tipo penal que exactamente describiera estos crímenes como tales al momento de los hechos en el orden jurídico mexicano, esto implique una violación a lo establecido en el artículo 14, primer párrafo, de la Constitución", dice el proyecto del Ministro Juan Luis González Alcántara.

También aclaró que en este caso no se puede aplicar de manera retroactiva el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que entró en vigor en México en 2006, como afirmó el juez que amparó a las Cabañas en primera instancia.

Además, la Corte declaró fundada una revisión adhesiva de las quejosas para el efecto de que la FGR tenga colaboración de otras autoridades y pueda realizar una investigación más amplia.

"El Estado debe asegurar no sólo que las autoridades encargadas de la investigación (Ministerio Público) tengan a su alcance los medios necesarios para llevar a cabo aquellas actuaciones, sino que efectivamente sean utilizados para realizar las averiguaciones con prontitud", dice el fallo, al enfatizar el derecho de las víctimas a la verdad.

En diciembre de 2021, el Presidente Andrés Manuel López Obrador creó una comisión para el esclarecimiento histórico de violaciones graves a derechos humanos entre 1965 y 1990, que encabezó el entonces subsecretario de Gobernación, Alejandro Encinas.

Dicha comisiónque debe colaborar con FGR para cumplir este amparopropuso en 2023 crear una "unidad especial para litigación y juzgamiento" de estos casos, que a la fecha no existe.

Lucio Cabañas, profesor rural de la Normal de Ayotzinapa, fundó el Partido de los Pobres en Guerrero en 1967, así como su brazo armado, la Brigada Campesina de Ajusticiamiento, cuyo acto más famoso fue el secuestro del entonces senador y cacique priista Rubén Figueroa en 1974.

Fuente.-imagenes/web

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