De acuerdo con las filtraciones hechas desde el gobierno federal en el caso en contra de Emilio Lozoya, la constructora brasileña Odebrecht operó, mediante el exdirector de Pemex, la entrega de sobornos a legisladores mexicanos de diversos partidos políticos a cambio de la aprobación de la Reforma Energética y otras leyes del Pacto por México, insignia del gobierno del expresidente Enrique Peña Nieto, en la legislatura de 2012 a 2015.
VIERNES, 24 DE JULIO DE 2020
¿Podría la corrupción en el Congreso poner en duda la legitimidad democrática de las leyes que fueron producto de sobornos a los legisladores? ¿Debemos obedecer una ley emanada de actos de corrupción? La respuesta parece ser compleja.
Antecedente
Sin duda el Caso Lozoya es uno de los emblemas de la administración de Andrés Manuel López Obrador en la lucha contra la corrupción. Desde 2017 organizaciones civiles como Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad documentaron y sacaron a la luz múltiples escándalos de corrupción de la compañía brasileña relacionados con sobornos a funcionarios públicos, polémicas adjudicaciones de contratos, empresas internacionales coludidas con Pemex, paraísos fiscales, financiamiento de campañas políticas y lujosas mansiones de la familia Lozoya. Las investigaciones de sobornos a funcionarios públicos y actos de corrupción de Odebrecht surgieron tras la publicación de diversos documentos por parte del Departamento de Justicia de Estados Unidos en diciembre de 2016. La compañía brasileña confesó haber pagado más de 439 millones de dólares a gobiernos de 12 países para la adjudicación de contratos públicos.
En Brasil el Caso Lava Jato involucró la condena de 118 personas —políticos y empresarios contratistas— por el lavado de alrededor de 3 167 millones de dólares. Este escándalo implicó el encarcelamiento del expresidente Lula Da Silva y la destitución de Dilma Rousseff como presidenta de Brasil.
La constructora brasileña reconoció ante una Corte Federal en Nueva York que sobornó con 10.5 millones de dólares a funcionarios mexicanos entre 2010 y 2014. En México la trama Odebrecht implicó la mención de altos funcionarios públicos como Enrique Peña Nieto, Felipe Calderón, Javier Duarte, Osorio Chong, Lázaro Cárdenas Batel y Leonel Godoy —por citar algunos—, al tener cierta relación con la empresa brasileña y sus actos de corrupción en México.
El pasado 17 de julio el exdirector de Pemex Emilio Lozoya llegó a México tras su extradición desde España. La Fiscalía General de la República lo acusa por la comisión de los delitos de lavado de dinero, cohecho y fraude con relación a los actos de corrupción de Odebrecht en México.
Recientemente Emilio Lozoya confesó ante autoridades mexicanas que repartió 52 380 000 pesos en sobornos a diputados panistas para que aprobaran las reformas del Pacto por México.1 De igual forma, una investigación de Proceso reveló que bajo la nominación de “subvenciones extraordinarias” se repartieron alrededor 359 millones de pesos entre diputados del PAN, Panal y Partido Verde Ecologista para la aprobación de la reforma energética.2
¿Debemos obedecer una ley emanada de actos de corrupción?
En un sistema democrático presidencialista y republicano como el mexicano se le encarga al Poder Legislativo la emisión de las leyes que serán obligatorias para toda la población. Este poder está integrado por legisladores que fueron electos mediante jornadas electorales de sufragio popular. La votación popular como mecanismo de elección de los diputados y senadores dota de legitimidad democrática a las leyes emitidas por los legisladores, pues, en principio, actúan según los intereses y necesidades de sus electores.
El Caso Lozoya, que sacó a la luz actos de corrupción en el Congreso para la aprobación de diversas leyes del Pacto por México, es un claro ejemplo de la crisis de legalidad en el sistema jurídico mexicano, pone en tela de juicio la legitimidad democrática de las leyes emanadas de actos de corrupción y, con ello, el deber de obedecerlas.
El constitucionalista italiano Luigi Ferrajoli expone en su Teoría garantista que los estados modernos pasan por múltiples crisis del derecho, entre ellas, la crisis de legalidad.3Esta crisis surge a raíz de la corrupción presente en el sistema político de los Estados cuando algunos intereses económicos y empresariales se inmiscuyen en las facultades de Estado para generar leyes o políticas públicas favorables a sus intereses. Lo anterior genera un metaestado paralelo al institucional en el que los intereses de los factores de poder sustituyen la voluntad popular. Ante la ausencia de controles de los poderes públicos que contengan la intromisión de los intereses de los grupos de poder en los procesos de creación normativa, se genera un déficit de legitimidad democrática en las leyes emitidas por el Congreso y con ello una crisis de legalidad.
De acuerdo con nuestro sistema jurídico, a pesar de que una ley provenga de actos de corrupción, formalmente sigue siendo vigente y obligatoria en tanto no sea reformada o expulsada del ordenamiento jurídico por el Tribunal Constitucional. La legitimidad del marco legal en México está en el proceso legislativo que lo conforma y en los contrapesos judiciales existentes como garantes del sistema democrático expresado en la Constitución. Si un grupo de legisladores aprobaron modificaciones legales con base en los intereses de un grupo privado, no implica necesariamente que esas modificaciones vayan en contra del interés común. Esa determinación puede alcanzarse a través del control constitucional ejercido por el Poder Judicial
Se han escrito innumerables líneas sobre el dilema contramayoritario al que se enfrentan los jueces constitucionales al declarar la inconstitucionalidad de normas emitidas por el legislativo. Autores como Jeremy Waldron consideran que el control de constitucionalidad es un atentado directo a la democracia.4 Para Waldron no puede ser justificable que la última palabra de la interpretación del texto constitucional (emitido en sede democrática) corresponda a los pocos integrantes de un tribunal constitucional en un proceso deliberativo que no incluye a la sociedad.
La crisis de legalidad expuesta por Ferrajoli pone en duda el sustento de las tesis que sobreponen ante todo a la ley como máxima expresión de la voluntad popular y descalifican el control constitucional frente a ellas por ser contramayoritarias. El dilema en este caso es el impacto de una presunta motivación indebida —los sobornos— sobre una modificación legal argumentando que ésta beneficia a intereses privados por encima del interés general de la sociedad. La lógica contramayoritaria del Poder Judicial cobra relevancia ante estas situaciones: existen mecanismos dentro del marco constitucional para determinar si las reformas aprobadas están o no en el interés de la sociedad. Así, sería posible declararlas inválidas o confirmar su vigencia en un proceso separado, ante autoridades diferentes de las que hicieron la modificación legal en primer lugar.
El proceso contra Emilio Lozoya apenas comenzó. Los supuestos sobornos a legisladores para aprobar la reforma energética deben ser demostrados y procesados en el Poder Judicial. No hay duda: de demostrarse la culpabilidad de estos actores políticos, también deben ser sancionados. Existe también la posibilidad de que estas acusaciones no tengan sustento y sólo sean utilizadas políticamente para impulsar una nueva modificación al marco legal que rige al mercado energético.
Sobre la legitimidad de la reforma, la respuesta inicial a las preguntas planteadas al comienzo en este artículo son afirmativas: sí debemos obedecer las leyes, aun cuando provengan de actos de corrupción en tanto no sean reformadas o expulsadas del ordenamiento jurídico. La legitimidad de las leyes no descansa en las intenciones de quienes las aprobaron, sino en el proceso que siguieron y su apego a la constitución y otras normas. Vamos más allá de una respuesta formalista: es posible activar los medios de control constitucional para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronuncie sobre la constitucionalidad de estas normas para ratificar la legitimidad de nuestro marco legal por las vías institucionales.
Fuente.-Felipe Neri Narváez Gallangos(Imagen Codigo Magenta)
Abogado del Despacho de Investigación y Litigio Estratégico de MCCI y estudiante de la Maestría en Derecho Constitucional de la Escuela Libre de Derecho.
1 “Revela Lozoya sobornos a panistas”, Abel Barajas y Claudia Guerrero, Reforma, 24 de julio de 2020.
2 “Así compraron al Congreso para la Reforma Energética”, Jesusa Cervantes, Proceso, 25 de julio de 2020.
3 Ferrajoli, Luigi. Derechos y garantías “La ley del más débil”. Tr. Perfecto Andrés Ibáñez y otra. 1.ª edición. Madrid. Editorial Trotta. 2001.
4 Waldron, Jeremy. Derecho y desacuerdos, Tr. J. L. Martí y otra. 1a edición. Madrid. Marcial Pons. 2005.
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