En enero de 2015 un juez federal de Toluca aprobó una orden de aprehensión contra María de los Ángeles Pineda Villa por el delito de delincuencia organizada en su modalidad de lavado de dinero y contra la salud, pero días antes, otro juez federal encontró al menos 15 debilidades en la investigación, quien en diciembre de 2014 negó tres órdenes de aprehensión solicitadas por el Ministerio Público Federal (MP) por los delitos de delincuencia organizada en su modalidad contra la salud con fines de fomento, desaparición forzada y secuestro.
El juez de Matamoros, Tamaulipas, otorgó solo una orden de aprehensión por el delito de cohecho, tras haberse documentado un intento de soborno de Pineda Villa a elementos de la Policía Federal cuando ella y el ex alcalde de Iguala, José Luis Abarca, fueron detenidos el 4 de noviembre de 2014 en el Distrito Federal.
Dicha información, radicada en el Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales del Estado de Tamaulipas, fue incluida en la versión pública de la averiguación previa del caso Ayotzinapa, la cual fue desclasificada por laProcuraduría General de la República (PGR).
En el fallo emitido por el juez de Matamoros se niega la orden de aprehensión por el delito de delincuencia organizada en contra de Pineda Villa, ya que no se encontró medio de prueba alguno que acreditara su pertenencia a la organización criminal Guerreros Unidos.
En el cúmulo probatorio “no existe declaración de la que se desprenda imputación directa” que la señale como integrante del cártel; tampoco se indica quién era su jefe, sus colaboradores, el tiempo, el modo o el lugar donde realizaba la actividad para esa organización“.En cuanto a las declaraciones de Sidronio Casarrubias Salgado —a quien la PGR ubica como el líder de Guerreros Unidos y que fue detenido el 16 de octubre de 2014—, donde refiere que la inculpada Pineda Villa manejaba dinero de José Luis Abarca, y del MP, dicha circunstancia no resulta ser suficiente, dado que no especifica cuándo, dónde, qué cantidades, por qué concepto eran, de dónde provenía el dinero, por lo que el hecho que recibiera y manejara dinero no quiere decir que con ese solo hecho perteneciera a alguna organización, máxime que no señala que ésta hubiere cometido alguna actividad ilícita para alguna banda criminal”, se advierte.
En lo que respecta al delito de desaparición, la argumentación del juez indica que no fue posible acreditarlo porque la investigación del MP apuntó hacia el asesinato de los normalistas y no hacia la retención por tiempo prolongado.
“Para que se actualice la conducta [de desaparición forzada] se requiere que el sujeto activo del delito detenga, prive de la libertad y oculte a una o más personas, conducta que del análisis de las constancias que integran los autos no se encuentra demostrada… ”. Y agrega: “Las constancias apuntan en forma coincidente a que las víctimas no fueron mantenidas en el ocultamiento; muy al contrario, fueron detenidas, privadas de la libertad y trasladadas al lugar donde fueron ejecutadas sumariamente”.
El delito de secuestro, que se refiere a un hecho anterior a la desaparición de los normalistas, tampoco fue acreditado, indica el documento.
Actualmente Pineda Villa está recluida en el Centro Federal Femenil Noroeste de Nayarit.
Con información de El Universal/LaSillaRota
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Tu Comentario es VALIOSO: