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jueves, 31 de octubre de 2024

“BLOQUEADOR se DICE BLOQUEADO”: “EMBAJADOR CINICO e HIPOCRITA de la DICTADURA CUBANA se DUELE del EMBARGO a CUBA”…que valdría la pena que acabara una vez que acabara la dictadura.


El trascendido se volvio OFICIAL y efectivamente la Fiscalía a cargo de IRVING BARRIOS MOJICA en TAMAULIPAS,le echo la MANO al COMPADRE del GOBERNADOR de MPORENA AMERICO VILLARREAL ,para que pudiera ZANJAR SIN DIFICULTADES PENALES una ACUSACION de CARACTER SEXUAL y que no ha sido la UNICA durante su sexosa vida, como tampoco la primera vez que lo perdonan la misma fiscalía, por lo que es claro, que los ciudadanos estan en peligro y los educandos en la UNIVERSIDAD AUTONOMA de TAMAULIPAS,si se atreven a dar el siguiente paso de REINSTALARLO dejandos a todos en total indefensión ante un potencial depredador sexual ,mutiseñalado multiperdonado.

La actitud de la fiscalía como garante de los ciudadanos es deleznables atendemos que en vez de encontrar las evidencias para incriminarlo, como es su quehacer,encontro de manera truculenta como encubrirlo y protegerlo,cuando públicamente dicen

“La atención a la violencia a nuestras niñas, niños y adolescentes debe ser atendida de una manera interinstitucional y transversal, con un compromiso de todas las autoridades y dependencias principales actoras en la atención de niñas niños y adolescentes”.

OFICIO NÚMERO: FGJ/FENNAM/4026/2024
Ciudad Victoria, Tamaulipas a (….) de 2024.

LIC. ROBERTO CARLOS PEREZ MENDEZ

Agente del Ministerio Público Adscrito a la Fiscalia Especializada en
la Investigación de los Delitos Contra Niñas, Niños y Adolescentes y
de Delitos Contra las Mujeres por Razones de Género, con Residencia
en esta Ciudad.

PRESENTE.
Por este conducto y en atención a su oficio número FGJ/FENNAM/VIC/UEF/097/2024, de fecha diecisiete de julio del año en curso, por el cual pone a consideración el proyecto del No Ejercicio de la Acción Penal, emitido dentro de la carpeta de investigación número 771/2024 del índice de esa Unidad Especializada, a favor del C. MARCO ANTONIO BATARSE CONTRERAS, por hechos con apariencia de delito de cometido en agravio de la C. VALERIA PACORT.

Al respecto me permito señalar que esta Fiscalía Especializada ha realizado un análisis minucioso y pormenorizado del proyecto de autorización del No Ejercicio de la Acción Penal y considerado los argumentos lógicos jurídicos esgrimidos, es por lo que se tiene a bien señalar que SE AUTORIZA el mismo, adjuntando al presente el proyecto emitido por el Representante Social para que este obre dentro de la carpeta de investigación y se realicen las actualizaciones en el sistema de cómputo correspondiente para el correcto control y registro.

Por lo que una vez recibida la presente autorización, el Agente del Ministerio Público deberá de proceder en forma inmediata a determinar el No Ejercicio de la Acción Penal dentro de la carpeta de investigación antes mencionada, debiendo marcar copia de conocimiento a la suscrita.

Lo anterior con fundamento en lo dispuesto por los artículos 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 4, 9, 10 fracción IX, 28 Bis de la Ley Orgánica de la Fiscalia General de Justicia del Estado, y artículos 83, 84 y 124 fracción IV del Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalia General de Justicia dêl Estado.

Atentamente
Fiscal Especializada en la Investigación de los Delitos Contra Niñas, Niños y Adolescentes y de Delitós Contra Jas Mujeres por Razones de Género.

Lic .Mireya Maldonado Villegas

Con informacion: FGJ/TAMA/

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