Visitanos tambien en:

viernes, 18 de octubre de 2024

A «ELLA NO le VENGAN con QUE la LEY es la LEY ?»: «JUEZA FEDERAL ORDENA a la PRESIDENTA ELIMINAR la PUBLICACION de la REFORMA JUDICIAL del DIARIO OFICIAL»…desobederla es un acto delincuencial que se castiga con hasta 9 años de prision.


Todos sabemos que «no por ser ley ,esta ya es justa y aunque preferiríamos que solo si es justa debiera ser ley», no podemos soslayar que ya dejamos el estado primitivo y nos convertimos en seres sociables,con leyes y reglamentos que debemos obedecer y eso incluye a la Presidenta Claudia Sheibaum,que no puede darse el lujo de desacatar un mandato judicial,si quiere que vivamos en un autentico estado de derecho donde el gobierno es regido por «gente derecha».

El preambulo es para dar contexto al mas reciente mandamiento de una Jueza Federal que acaba de ordenar a la Presidenta Claudia Sheinbaum y al director del Diario Oficial de la Federación (DOF), Alejandro López González, eliminar la publicación del decreto de la reforma al Poder Judicial, realizada el pasado 15 de septiembre.

Nancy Juárez SalasJueza Décimo Noveno de Distrito en Coatzacoalcos, Veracruz, resolvió en un incidente, dentro del amparo 823/2024, que el Gobierno federal incumplió una suspensión provisional que le ordenó abstenerse de publicar el decreto en el DOF, tres días antes de su difusión.

Por lo que ahora, la juzgadora les dio a la Presidenta Sheinbaum y al titular del DOF un plazo de 24 horas, después de la notificación de la sentencia emitida, para llevar a cabo la eliminación del decreto.

«Dentro de dicho lapso, deberán, en el ámbito de sus respectivas competencias, eliminar la publicación realizada en el Diario Oficial de la Federación, el quince de septiembre del 2024, del Decreto de Reforma Constitucional», ordena.

De incumplir con el requerimiento, Juárez Salas advierte en la resolución que se dará vista al Ministerio Público de la Federación con base en lo establecido en la fracción III del artículo 262 de la Ley de Amparo.

Este artículo indica que un funcionario público que no obedezca una suspensión dictada en juicio de amparo, puede ser penado con hasta nueve años de prisión, una multa 50 a 500 días, su inhabilitación o inclusive su destitución.

Sin embargo, es la FGR la que determina si se ejerce acción penal contra el responsableaunque dolosa e ilegalmente no ha actuado contra varios funcionarios señalados por esa conducta durante el anterior sexenio de López Obrador ni en el actual de la Presidenta Sheinbaum,dejando mas que en claro, que la aplicación de la ley es para el resto de «mortales tarugos».

a ahora, ni la Cámara de Diputados ni el Senado de la República han cumplido ninguna de las suspensiones anteriores que fueron otorgadas contra el trámite y publicación de la reforma judicial.

Con información: ELNORTE/

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Tu Comentario es VALIOSO: