Uno de los argumentos que presentó ante un juzgado federal para evitar su extradición y ser juzgado en Estados Unidos por el Caso Camarena y otras tres acusaciones, es que él no es el capo de la droga que busca el Departamento de Justicia.
De acuerdo con documentos judiciales a los que REFORMA tuvo acceso, el capo solicitóque se lleven a cabo 10 dictámenes periciales, entre ellos los de sistema de identidad fisonómica, fotografía forense y documentos-copía, para tratar de demostrar que su captura fue un error y que, en todo caso, el verdadero traficante de drogas sigue allá afuera.
Como en la petición formal de extradición los estadounidenses ofrecieron un video en el que aparece el narcotraficante, éste también solicitó que se apliquen peritajes de informática en análisis de audio, video, fotografía y transcripción estenográfica, así como de acústica, fonética forense y análisis de voz.
El sinaloense no ha negado su nombre en el proceso, su postura responde más bien a una estrategia legal, cuya finalidad es convencer de que científicamente sus rasgos no coinciden con los de las 7 fotografías y un video contenidos en el expediente de extradición.
En este tipo de procedimientos, las fotos e imágenes en general presentadas por el país requirente son las únicas que pueden ser tomadas en cuenta para establecer la identidad del extraditable.
Este argumento es el mismo que planteó Ovidio Guzmán López, "El Ratón", hijo de Joaquín "El Chapo" Guzmán, en la audiencia oral de extradición en el Penal del Altiplano, así como otros narcotraficantes como Eduardo Arellano Félix, "El Doctor", y su lugarteniente Gustavo Rivera Martínez, "El Gus"; y Marco Antonio Paredes Machado, operador de "El Chapo" en Sonora, entre otros.
El primero no tuvo la oportunidad de litigar su argumento porque lo entregaron prácticamente desde el momento en que lo ordenó la Cancillería; el segundo no logró evitar su entrega con esa táctica jurídica.
Los juicios de extradición sólo pueden ser litigados con dos argumentos o excepciones: acreditar que el detenido no es la persona que busca el país requirente y probar que la petición formal no se apega al Tratado de Extradición entre los dos países.
Caro Quintero ha opuesto las dos excepciones para evitar su traslado a una cárcel del país vecino.
Autoridades conocedoras de este juicio de extradición consideran que Caro Quintero ha montado una estrategia legal para alargar por años su proceso de entrega a Estados Unidos, algo que suponen tiene a su alcance.
Lo anterior, porque ni siquiera existe una opinión jurídica de la juez Marcela Guadalupe Castro Núñez, responsable del proceso de entrega, y para cuando esa determinación exista, todavía deberá pronunciarse la Secretaría de Relaciones Exteriores y, después, muy seguramente el capo presentará un amparo que tendrá que ser resuelto en dos instancias. Toda esta secuencia procesal tardará más de un año en desahogarse.
En México, al capo aún le restan compurgar 10 años y medio de los 40 de prisión a los que fue condenado por el crimen de Camarena.
En su escrito presentado a la autoridad judicial, el traficante también alega la segunda excepción, es decir, que la petición formal de extradición no se apega al Tratado porque está mal traducida y no se entiende en varios de sus apartados, lo que constituye una violación al debido proceso.
De hecho, algunos de sus dictámenes periciales ofrecidos son precisamente traducciones a los documentos, con los que pretende acreditar que la versión en español que fue presentada ante el juez de la causa es por lo menos deficiente e inexacta.
También argumenta que, en todo caso, la petición de extradición es violatoria del principio jurídico que establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito (Non bis in ídem).
El razonamiento es que, como ya fue juzgado en México y sentenciado a 40 años de prisión por el asesinato del ex agente de la DEA Enrique Camarena Salazar, ocurrido en 1985, no puede volver a ser juzgado por el mismo crimen en la Unión Americana.
La Corte Federal del Distrito Central de California, en Los Ángeles, ordenó la captura de Caro Quintero desde 1987 por ocho cargos criminales, tres de ellos relacionados con el secuestro y asesinato de Enrique Camarena.
Con base en esa acusación, el 11 de agosto de 2013 un juez federal giró la orden de detención provisional con fines de extradición, mandamiento con el que finalmente el capo fue detenido el pasado 15 de julio en Choix, Sinaloa.
Cabe aclarar que cuando Estados Unidos presentó la solicitud formal de extradición, no sólo requirió su entrega por el Caso Camarena, sino por otras tres acusaciones que Estados Unidos no tramitó previamente para que fuera detenido provisionalmente.
Los estadounidenses también pidieron formalmente su extradición para juzgarlo en la Corte Federal del Distrito Este de Nueva York, por cuatro cargos criminales; en la Corte Federal del Distrito Sur de Texas, por tres cargos, y en la Corte de Distrito 332 del Condado de Hidalgo, Texas, por otros cuatro cargos.
En total, lo pretenden juzgar en cuatro Cortes distintas por un total de 19 delitos.
El 23 de agosto del año pasado, el Consejo de la Judicatura Federal relevó a Rubén Darío Noguera Gregoire como titular del Juzgado Sexto de Distrito en Procesos Penales Federales de la Ciudad de México, órgano judicial que lleva el juicio de extradición de Rafael Caro Quintero.
Ahora la responsable de llevar el caso es la juez Marcela Guadalupe Castro Núñez, mientras que Noguera Gregoire fue nombrado Juez Octavo de Distrito en Amparo Penal de esta ciudad.
Noguera Gregoire es quien el 12 de mayo de 2015, cuando era Juez Décimo Cuarto de Distrito en la misma materia, emitió una opinión jurídica en la que negó a Estados Unidos la extradición de Ernesto Fonseca Carrillo, "Don Neto", uno de los principales socios de Caro Quintero y también requerido por el Caso Camarena.
En aquella ocasión, el juzgador consideró que la petición de extradición contra "Don Neto" no se ajustaba al Tratado de Extradición, porque ya había sido juzgado en México por los mismos hechos, en virtud de haber sido sentenciado a 40 años de prisión por el crimen del ex agente de la DEA.
En materia de extradición, la opinión jurídica de los jueces no son vinculantes, es decir, no obligan al Ejecutivo federal a pronunciarse de la misma forma; sin embargo, en este asunto, después de que Noguera le notificara su resolución, la Cancillería negó la extradición de "Don Neto" en los mismos términos que el juez.
El 27 de mayo del mismo año el entonces Secretario de Relaciones Exteriores, José Antonio Meade, negó la extradición de Fonseca y puso fin a las pretensiones de Estados Unidos de juzgarlo por el asesinato del ex agente de la DEA. Su argumento fue el mismo: no podía ser juzgado dos veces por el mismo delito.
Con Caro Quintero la suerte no necesariamente será la misma, pues en caso de fracasar la extradición por el Caso Camarena, los estadounidenses tienen otras acusaciones vigentes en distintas Cortes de Distrito como la de Nueva York.
Rafael Caro Quintero-Nació en Badiraguato, Sinaloa.
-Tiene 71 años de edad.
-Fundó el Cártel de Guadalajara, con Miguel Ángel Félix Gallardo y Ernesto Fonseca Carrillo.
-En 1985 fue detenido por el asesinato de Enrique Camarena, agente de la DEA, y del piloto Alfredo Avelar.
-Fue condenado a 40 años de prisión.
-Tras 28 años en prisión, fue liberado en 2013 por resolución de un tribunal, con el argumento de que "no debió ser enjuiciado en el fuero federal por el asesinato del agente de la DEA".
-En 2015 fue declarado nuevamente culpable del homicidio de Camarena por un tribunal federal y se emitió una nueva orden de aprehensión en su contra.
-Estados Unidos lo incluyó en la lista de los 10 fugitivos más buscados del FBI y ofreció una recompensa de 20 millones de dólares por su captura.
-El 15 de julio de 2022 fue detenido nuevamente en Choix, Sinaloa.
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