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sábado, 27 de abril de 2024

"5 MUJERES ASESINADAS es POCO ?": "ANIMAL de la CREACION VOCERO de SEGURIDAD de AMERICO REDUCE a ESTADISTICA ASESINATOS de MUJERES en TAMAULIPAS...asi de humanistas.



Dice google, que la empatía,nombre femenino,es la capacidad de identificarse con alguien y compartir sus sentimientos, los que incluso algunos animales pueden llegar a  sentir, pero hay un "animalito de la creacion",porque como ya saben todos somos animales unos mas que otros", que trabaja en la "Vocería de Seguridad" del gobierno de Tamaulipas,minimizando y matizando la violencia y al que el asesinato de 5 mujeres le parece digno de destacar, seguramanete porque le parece poquito".

Jorge Cuellar,otro "funcionario poquito que funciona muy poco",volvio a restregarnos esa indolencia y falta de empatía al  señalar que en el contexto nacional TAMAULIPAS  solo han matado cinco mujeres en 2024, en el animo de diluir la inseguridad y 5 féminas asesinadas son muy pocas, sobre todo si consideramos que ninguna era alguna hija, hermana,sobrina,tia o cualesquier otro parentesco.
La violencia contra la mujer

De acuerdo a la información institucional, la violencia contra las mujeres tiene su origen en la desigualdad de género, es decir, en la posición de subordinación, marginalidad y riesgo en el cual éstas se encuentran respecto de los hombres.
La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en el sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas.
En el Código Penal el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325, el cual establece lo siguiente:

“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

Haya existido entre el activo y la victima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.”

Con informacion.-EnlineaDirecta/

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