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miércoles, 15 de noviembre de 2023

"POBRE MORAL TIRA ROLLO": "MATAZON FEMINICIDA TAMBIEN se DESATO con AMERICO DICEN "CIFRAS OFICIALES" que CONTRADICEN al INCONTINENTE VERBAL"...y muchas gritan hoy por si mañana no estan.


Las "faltas que se cometen contra niñas, niños y mujeres,
este gobierno no las tolera y actúa y ve por mantener la justicia y aplicar las sanciones administrativas a quienes causan este tipo de afectaciones a nuestra sociedad", afirmó ayer el gobernador "hocicon" de Morena,  Américo Villarreal Anaya, en un evento en Altamira,al inaugurar la segunda casa Violeta en Tamaulipas.

Pero y por que hocicon: 

En el informe de Incidencia Delictiva del Fuero Comun ,en el aparatado de Tamaulipas,las cifras no dejan mentirían solo en el periodo examinado, de Enero a Octubre de 2023,"Ya van 15 feminicidios acumulados" que estan a punto de rebasar la cifras de 2022 y las de los últimos 6 años.




En Tamaulipas se cometieron 20 feminicidios y fue el año en donde más homicidios de este tipo se cometieron, haciendo un comparativo de los últimos seis años.

Las mismas cifras oficiales dadas a conocer por el Secretariado Ejecutivo Nacional de Seguridad Pública, detallan que en el 2017 fueron 4 feminicidios; en el 2018 fueron 13; en el 2019 16; en el 2020 12; en el 2021 4 y en el 2022 20 mujeres se sumaron a la lista de crímenes que han sido juzgados de esta fórma.

Bajo el escrutinio de la cifras adviérte con claridad oficial, que bajo el gobierno de Americo Villarreal la mataron de mujeres,tambien esta desatada .


Aunque el feminicidio es solo una mas de las expresiones mas crueles del delito, la misma numéralia deja ver que en Tamaulipas se cometieron en tan solo 10 meses de Americo Villarreal,35 mil 568 delitos del Fuero Común.  Que es un feminicidio:

La muerte violenta de las mujeres por razones de género, tipificada en el sistema penal como feminicidio, es la forma más extrema de violencia contra la mujer y una de las manifestaciones más graves de la discriminación hacia ellas.

En el Código Penal Federal el feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325, el cual establece lo siguiente:

“Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

Haya existido entre el activo y la victima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.”

Con informacion: SemMexico/ SNSP/


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