Visitanos tambien en:

jueves, 23 de noviembre de 2023

"QUERIA MAS DOLARES y le DIERON PALO": "CONFIRMAN SENTENCIA contra CABEZA de VACA TRAS COMPRA de DEPA de 50 MILLONES y LITIGIO VS. CLUB de GOLF que NO lo QUISO de VECINO"...el fuchi lastimo su ego.


El origen del caso se remonta a 2013 cuando el exmandatario ahora profugo de la justicia federal y  entonces Senador Panista de la Republica junto con su esposa, Mariana Gómez Leal, adquirieron el lujoso y cuestionado departamento 3B del condominio "Los Helechos," del exclusivo fraccionamiento Bosques de Santa Fe,que ademas de materia de litigio civil, fue objeto de indagación penal por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

El ex gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, logró que el club de golf donde adquirió una casa en el año 2013 lo reconozca por fin como accionista, sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revirtió el fallo de un juzgado que había ordenado que al ex mandatario y a su familia se le pagara una indemnización por daño moral, por el tiempo en que no pudieron hacer uso de todas las instalaciones de dicho fraccionamiento.

Ante las sospechas, el Consejo de Administración del fraccionamiento pidió a García Cabeza de Vaca que demostrara el origen lícito del dinero con el que compró su departamento, y para forzarlo a ello le negó ser reconocido como accionista del club, lo que le impedía hacer uso de las instalaciones comunes, incluyendo el campo de golf, publica La Jornada.

García Cabeza de Vaca se fue a litigo ante la negativa de los socios del club de "aceptarlo como vecino",publico El Norte en su portada el 25 de Mayo de 2016.

Que dijo El Norte:

"...El candidato del PAN a la Gubernatura de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, compró en noviembre del 2013 un departamento millonario en el exclusivo fraccionamiento Bosques de Santa Fe, pero los directivos le niegan el acceso como socio al Club de Golf.

Y, aunque en el registro de compra-venta se establece que el Senador con licencia habría pagado 14 millones de pesos por el inmueble, expertos consultados consideran que el valor supera los 50 millones de pesos.

García Cabeza de Vaca mantiene una disputa legal con la administración del Club en reclamo de que les reconozcan a él y a su esposa su calidad de socios.

Incluso, pide una indemnización por daño moral, pues señala que lo colocan en una situación "de ridículo" o de sospecha de un "antecedente personal cuestionable".

La administración del Club acusa al ex Alcalde de Reynosa de simular la compra de una acción y querer pasar encima de estatutos y reglamentos.

La administración arguye que la adquisición del departamento no le otorga derecho automático a la acción en el Club y que requiere una autorización escrita del Consejo de Administración, misma que no se ha otorgado.

Además, el Club de Golf asegura que García Cabeza de Vaca falseó y simuló la compraventa de una acción que presuntamente le habría costado 50 mil dólares (casi un millón de pesos), con el propósito de hacerse pasar como socio. 

Así aparece en el expediente 563/2014 del juzgado cuarto de lo civil de la CDMX. Según consta en la escritura de compra-venta 317,379 a fines del 2013, García Cabeza de Vaca y su esposa Mariana Gómez le compraron a Patricio Lavalle Minvielle el departamento 3-B de 481.82 metros cuadrados ubicado en la torre "Los Helechos" de Bosques de Santa Fe. 

La operación se habría concretado en 14 millones 380 mil pesos conforme al documento inscrito el 23 de junio del 2014 en el Registro Público de la Propiedad de la CDMX.

Pero expertos inmobiliarios consultados por Grupo REFORMA estimaron que el valor real del apartamento supera los 3 millones de dólares, esto es, más de 50 millones de pesos.

Desde que se mudó a este departamento en enero del 2014, la familia García Cabeza de Vaca no ha podido usar el Club.

"La negativa a permitirnos el acceso al referido Club nos menosprecia, desmerece y desvaloriza frente a terceros", alegó el panista en una demanda civil contra el Club de Golf.

"(Y nos coloca) en el ridículo al posiblitar que la comunidad que nos rodea piense que no nos permiten el acceso... por algún vicio, defecto o antecedente personal cuestionable", dijo.

Fuentes cercanas al Consejo de Administración del Club de Golf dijeron a Grupo REFORMA que existe una estricta revisión y análisis en la admisión de nuevos socios, y el Senador no ha tenido el aval, como ya ocurrió con otros personajes que no acreditan la legitimidad de su riqueza o solvencia moral...."

El Fallo

El pasado 13 de octubre, la jueza Cuarta de lo Civil de la CDMX, Flor de María Hernández, condenó al Club a reconocer a los García Cabeza de Vaca como accionistas.

La sentencia fue apelada ante el Tribunal Superior de Justicia de la CDMX.promovió un juicio mercantil y luego un amparo, pero ambos fueron resueltos en su contra, por lo que interpuso ante la SCJN el recurso de reclamación 1937/2017, argumentando que era víctima de discriminación, en lo que la Corte le dio la razón.

Así, el caso fue reactivado y regresó a la SCJN como el amparo directo en revisión 8431/2019, donde el club de golf demanda el respeto al derecho de propiedad y a sus estatutos.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la sentencia de un Tribunal Federal que dejó el camino abierto para que el ex gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca sea reconocido junto con su familia como accionista del Club de Golf Cañada que se localiza en el Fraccionamiento Bosques de Santa Fe, en la Ciudad de México, y pueda hacer uso de sus instalaciones.

Cabeza de Vaca adquirió el departamento en diciembre de 2013, pero el Consejo de administración del Club le negó el uso de las áreas con que cuenta, por no cumplir con algunos requisitos, lo que dio origen a una serie de litigios y a que demandara por daño moral reclamando una indemnización en dólares.

Los ministros de la Corte ratificaron el fallo emitido por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil, el cual solo ordena dejar sin efecto la sentencia emitida en primera instancia, en la que se condenó al Club por daño moral.

De acuerdo con registros judiciales, el Tribunal Federal determinó que no existe prueba alguna que demuestre que Cabeza de Vaca y su familia fueran afectados moralmente, por la decisión de no poder hacer uso de las instalaciones.

“En el caso debe decirse que no solo se carece de prueba directa de la afectación en la consideración de la comunidad que rodea a los actores, es decir que a partir de la restricción de la que fueron sujetos los actores se llegara a pensar que tenían algún vicio, defecto o antecedente personal cuestionable; sino que, por el contrario, los actores señalaron que parte de esa comunidad mostró su apoyo para el reconocimiento de sus privilegios como accionistas, lo que evidencia que tenían una percepción favorable en la comunidad que habita el fraccionamiento y que ésta no se vio desvanecida a partir de la restricción en el uso de las instalaciones”, detalló.

Asimismo, los magistrados del Tribunal declararon correctas las resoluciones dictadas en primera instancia por un juez del fuero común, el cual ordenó permitir el uso de las instalaciones.

“En ese tenor, si la acción en comento de acuerdo con el objeto de la sociedad que se advierte de la escritura constitutiva y lo señalado en el propio reglamento del Club de Golf, relativo al derecho de los socios permite advertir que el beneficio que se obtiene de ser propietario de la acción, es el uso y disfrute de las instalaciones a través del pago de cuotas y de ciertos requisitos detallados en el reglamento, es claro que la negativa de reconocer el derecho de uso de esas instalaciones equivale a una restricción injustificada del derecho de propiedad privada, pues se impide el aprovechamiento principal de los beneficios de la acción”, apuntó. 

La demandada también alegó simulación por parte del ex gobernador, ya que en la escritura no se precisó la cantidad que corresponde al precio pactado en el contrato privado de compraventa de la acción.

Es decir, que el precio pactado en dicha escritura únicamente fue designado para la adquisición del departamento y del cajón de estacionamiento, por lo que las manifestaciones vertidas en dicha escritura prueban plenamente contra quienes las hicieron y, por tanto, el precio señalado en la escritura no puede corresponder también al precio de la acción, si no se precisó de esa manera en el instrumento público.

Sin embargo, el Tribunal declaró infundados los argumentos del Consejo de Administración.

Con informacion: Milenio/ ElNorte 

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Tu Comentario es VALIOSO: