En un nuevo hecho de sangre y violencia institucional que habla de la falta de mesura y sobre todo de preparacion "legal" de muchos de los integrantes de las Fuerzas de Armadas que no distinguen limites porque no han acatado los protocolos inscritos en el "Manual de uso de la Fuerza" de cumplimiento obligatorio,dejan entrever que aquellos que combaten al Narco involucrados en esta "guerra interminable" y que pareciera que a la luz de las evidencias practican una especie de estrategia que busca "Matar moscas con un martillo,donde no siempre matan la mosca,pero siempre desmadran la mesa", así se infiere del enésimo e infausto hecho violento cometido contra inocentes en el poblado de Camargo en Tamaulipas.
!!! Ni una sola CAPTURA,así sea la del SICARIO o CAPO mas CONOTADO,VALE una VIDA INOCENTE !!!
!!! Ni una sola CAPTURA,así sea la del SICARIO o CAPO mas CONOTADO,VALE una VIDA INOCENTE !!!
Tamaulipas,MX.-23/Oct/2015 Este nuevo episodio que se sumara seguramente a los expedientes de "impunidad" del Ejercito que soslaya que la "aplicación de la fuerza debería ser proporcional a la agresion" o dicho llanamente,si la señora y su bebe no les dispararon,porque hacerlo ellos ?"...la nota es publicado hoy por el diario El Mañana de Reynosa...aqui el texto.
"Este evento resultó gravemente herida la niña Jimena Darlen de la Torre, de un año y medio, quien tras recibir los primeros auxilios en un nosocomio de Reynosa, fue trasladada a San Antonio, para recibir atención especializada, según se informó.
También resultó herida aparentemente con esquirlas de las balas, la señora Zaida de la Torre, madre de la menor, quienes se desplazaban a bordo de una camioneta “Nitro”, color negra, cuando fueron alcanzadas por las balas.
Los hechos ocurrieron la tarde noche del miércoles, al parecer por la calle Capitán García, en la colonia “Obrera”, cuando las integrantes de la milicia, al parecer perseguían unas unidades y confundieron a madre e hija.
La camioneta Nitro recibió varios impactos de bala en el vidrio del parabrisas y otras zonas, alcanzando una bala a la pequeña que viajaba en el portabebé.
Fuente.-
Que dice el "MANUAL DE USO DE LA FUERZA" de respeto obligatorio en las Fuerzas Armadas.
3. Principios aplicables al Uso de la Fuerza.
A. La utilización de los niveles de fuerza por los integrantes de las fuerzas armadas, sólo es procedente cuando sea estrictamente inevitable o indispensable para el cumplimiento de la misión que tenga asignada, en apoyo a las autoridades civiles.
B. El uso de la fuerza se realizará con estricto apego a los derechos humanos, independientemente del tipo de agresión, atendiendo a los principios de oportunidad, proporcionalidad, racionalidad y legalidad.
a. Oportunidad: cuando se utiliza en el momento en que se requiere, se debe evitar todo tipo de actuación innecesaria cuando exista evidente peligro o riesgo de la vida de las personas ajenas a los hechos. Esto significa que debe procurarse en el momento y en el lugar en que se reduzcan al máximo los daños y afectaciones tanto a la vida como a la integridad de las personas involucradas y sus bienes y en general, la afectación de los derechos de los habitantes.
b. Proporcionalidad: cuando se utiliza en la magnitud, intensidad y duración necesarias para lograr el control de la situación, atendiendo al nivel de resistencia o de agresión que se enfrente; se refiere a la relación entre la amenaza al bien jurídico tutelado del personal o de la población civil ajena a los hechos, y el nivel de fuerza utilizada para neutralizarla.
La gravedad de una amenaza se determina por la magnitud de la agresión, la peligrosidad del agresor, sea individual o colectiva, las características de su comportamiento ya conocidas, la posesión o no de armas o instrumentos para agredir y la resistencia u oposición que presenten.
c. Racionalidad: cuando su utilización es producto de una decisión en la que se valora el objetivo que se persigue, las circunstancias de la agresión, las características personales y capacidades tanto del sujeto a controlar como del integrante de las fuerzas armadas; lo que implica que, dada la existencia del acto o intención hostil, es necesario la aplicación del uso de la fuerza por no poder recurrir a otro medio alternativo.
d. Legalidad: cuando su uso es desarrollado con apego a la normativa vigente y con respeto a los derechos humanos
4. Niveles de resistencia.
A. Resistencia no agresiva: conducta de acción u omisión que realiza una o varias personas, exenta de violencia, para negarse a obedecer órdenes legítimas comunicadas de manera directa por personal de las fuerzas armadas, el cual previamente se ha identificado como tal.
B. Resistencia agresiva: conducta de acción u omisión que realiza una o varias personas, empleando la violencia, el amago o la amenaza, para negarse a obedecer órdenes legítimas comunicadas de manera directa por personal de las fuerzas armadas, el cual previamente se ha identificado como tal.
C. Resistencia agresiva grave: conducta de acción u omisión que realiza una o varias personas, empleando la violencia, el amago o la amenaza con armas o sin ellas para causar a otra u otras o a personal de las fuerzas armadas, lesiones graves o la muerte, negándose a obedecer órdenes legítimas comunicadas de manera directa por personal de las fuerzas armadas, el cual previamente se ha identificado como tal.
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