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viernes, 21 de agosto de 2015

CONCLUYE FARSA de la SFP: "NI EPN,NI SU ESPOSA,NI VIDEGARAY son RESPONSABLES de CONFLICTO de INTERES"...si les "cuadro" todo.



Ni el Presidente Enrique Peña, ni su esposa Angélica Rivera, ni el Secretario Luis Videgaray incurrieron en conflicto de interés por su relación con Grupo Higa, concluyó Virgilio Andrade, titular de la Secretaría de la Función Pública (SFP).

Mexico,D.F 21/Ago/2015 Conforme a las atribuciones del Presidente Peña, él no forma parte en las contrataciones realizadas por el Gobierno federal, y en consecuencia no incurrió en conflicto de interés, indicó Andrade en su informe sobre la investigación de contratos del Gobierno federal con Grupo Higa, de Juan Armando Hinojosa, y otras empresas. 

Según Andrade, el contrato celebrado por Angélica Rivera para su casa en Sierra Gorda es legal y no fue modificado para favorecerla a partir de la toma de posesión de Peña como Presidente de la República.

Las empresas de Juan Armando Hinojosa, accionista mayoritario de la empresa que vendió la llamada "Casa Blanca" a la esposa del Presidente Peña, tienen 22 contratos con la Administración Pública.

Las empresas donde Juan Armando Hinojosa es accionista son Constructora Teya, con 3 contratos públicos, Concretos y Obra Civil del Pacífico, con 6 contratos, Eolo Plus, con 11 contratos, y Publicidad y Artículos Creativos, con 2 contratos,

Constructora Teya también fue considerada por estar en un consorcio con otras empresas con el que participó en una licitación pública para el tren México-Querétaro.

Con relación a la casa de la calle Sierra Gorda, Andrade dijo que la esposa del Presidente, Angélica Rivera, acreditó plenamente el contrato y los pagos que realizó a Ingeniería Inmobiliaria del Centro. 

Según Andrade, Rivera acreditó haber recibido 88 millones de pesos por parte de Televisa como finiquito de su relación laboral.

Sobre los inmuebles de Malinalco, la SFP indicó que el Secretario de Hacienda Luis Videgaray pagó en enero de 2014 más de 6 millones de pesos para liquidar la deuda por la propiedad.

Aduciendo a la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, el Secretario indicó que el conflicto de interés existe cuando hay una actuación parcial del servidor público para con las empresas.

"Habrá intereses en conflicto cuando los intereses personales, familiares o de negocios del servidor público puedan afectar el desempeño imparcial de su empleo, cargo o comisión", citó Andrade.


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