sábado, 3 de octubre de 2015

LA "SEDENA" MANTIENE OCULTO "ARCHIVO TLATLAYA"...ni el "INAI" TIENE ACCESO.



A más de un año de la ejecución de 22 personas en Tlatlaya, Estado de México, a manos de militares, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) ha respondido sólo 41 solicitudes de información sobre los hechos, en ocasiones con contradicciones.

En algunos casos, tramitados del 1 de julio de 2014 a la fecha, la dependencia ha entregado información a cuentagotas, y en otros la declara inexistente o la reserva.

Por ejemplo, sobre la causa penal iniciada ante la Procuraduría de Justicia Militar por las ejecuciones ocurridas el 30 de junio de 2014, la Sedena respondió a una solicitud que no existe; en otra, que reservó el expediente, y en una más, que se trata de delitos castrenses, por lo que no es posible informar sobre el procedimiento.

Lo mismo ocurrió con diversos requerimientos sobre los informes, bitácoras o comunicaciones que realizaron los integrantes del Batallón 102, que fue el responsable de reaccionar durante los hechos.

En algunas solicitudes, la Sedena respondió que la información no existe; en otras, que es reservada, y en algunas más se entregaron comunicados de prensa. Incluso, a algunos solicitantes se les pidió dirigirse a la PGR.

Otras peticiones de información que también han tenido respuestas variadas son las que se refieren a los partes informativos realizados sobre los hechos.

Luego de que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) resolvió abrir el expediente 338/2014, radicado ante el Juez Sexto Militar, los ocho elementos implicados en las ejecuciones promovieron un recurso de amparo para evitar la difusión de la información.

El amparo, radicado ante el Juez Décimo Segundo de Distrito en Materia Administrativa del DF, otorgó la suspensión a la entrega de información, pero reconoció la facultad del INAI para revisarlo.

Ante ello, los militares promovieron un segundo amparo ante el Juez Décimo de Distrito Administrativo, que otorgó la suspensión definitiva.

La Ley Federal de Transparencia establece que el INAI puede acceder en todo momento a la información reservada o confidencial. Sin embargo, no ha podido ver el expediente.

La comisionada Areli Cano explicó que la Sedena ha argumentado que el principio del debido proceso es el que no permite la apertura de la información porque, según su criterio, sólo deben tener acceso las partes involucradas.

El Juez Militar tiene un año para resolver la causa penal, salvo que los implicados soliciten un término mayor para su defensa.

La comisionada Cano aseguró que, si el Juez de Amparo resuelve no dar acceso definitivo al expediente, litigarán el asunto en diferentes instancias.

Fuente.-

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