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sábado, 26 de septiembre de 2026

«SIN OPOSICIÓN de FGR, EXGOBERNADOR ACUSADO de HUACHICOLEAR se VA a su CASA, IGUAL que el CONTADOR del CÁRTEL del GOLFO»… hay apellidos que salen por la puerta del frente.


El pasado 23 de septiembre, la Fiscalía General de la República (FGR) salió a ponerle freno a los titulares: Ernesto Ruffo Appel había obtenido una suspensión en un juicio de amparo, sí, pero eso no significaba que pudiera dejar el Altiplano. Dos días después, una nueva audiencia cambió el escenario: un juez autorizó que el exgobernador panista cumpla la prisión preventiva en su domicilio de Ensenada. La precisión de la FGR era correcta en su momento; lo que ahora merece escrutinio es el giro posterior y la postura que asumió la Fiscalía ante él.

El amparo no abrió la celda

Ruffo, de 74 años, enfrenta acusaciones relacionadas con delincuencia organizada y contrabando de hidrocarburos. La suspensión obtenida por su defensa combatía una negativa previa al cambio de medida cautelar; no era una absolución ni una orden automática de salida. En la audiencia del 25 de septiembre, el juez dispuso su traslado desde el Altiplano a Ensenada en un plazo de 48 horas, atendiendo a su edad, condiciones de salud y arraigo domiciliario.

Aunque tampoco está «libre» en el sentido llano de la palabra: según la FGR, seguirá sujeto a prisión preventiva, solo que cumplida en su domicilio. 

La Guardia Nacional que dejó escapar a «narco Chino» del arraigo domiciliario, sin que fuera sancionado ninguno, deberá vigilarlo permanentemente; además, se le retirarán pasaporte y visa y tendrá prohibido acercarse a testigos y personas vinculadas con la investigación.

La Fiscalía cambió de tono

La pregunta incómoda no es por qué la FGR aclaró que el amparo no liberaba a Ruffo: tenía razón al hacerlo. La pregunta es por qué, después de una negativa judicial previa a enviarlo a casa, la revisión terminó con prisión domiciliaria y, de acuerdo con la información proporcionada sobre la audiencia, sin oposición de la Fiscalía a ese desenlace.

Los motivos médicos y la edad no son adornos que puedan despacharse con una consigna: la FGR informó que la defensa presentó dictámenes clínicos y antecedentes quirúrgicos que no evita exigir claridad sobre qué argumentos se habían usado para sostener el encierro en el Altiplano, cuáles cambiaron y cómo justificó el Ministerio Público su postura final.

También llaman la atención las condiciones concretas: según la información de la audiencia , Ruffo deberá hacer una videollamada diaria a la Unidad de Medidas Cautelares, pero no se le impuso brazalete electrónico ni garantía económica. Eso no demuestra por sí solo un privilegio; sí vuelve legítimo preguntar cómo se evaluó la vigilancia necesaria y quién verificará, en la práctica, el cumplimiento de cada restricción.

El espejo de «El Contador»

El antecedente de José Alfredo Cárdenas Martínez, «El Contador», mando del Cártel del Golfo, ofrece una semejanza que incomoda sin necesidad de fabricar una conspiración. En noviembre de 2024, después de una audiencia celebrada a raíz de un amparo, un juez modificó la prisión preventiva que pesaba sobre él mientras enfrentaba un procedimiento relacionado con su extradición a Estados Unidos. Salió del reclusorio para continuar el trámite fuera de prisión, sujeto, entre otras condiciones, a una garantía de cinco millones de pesos, entrega de pasaporte y brazalete electrónico que pese a ser ordenado, nunca le impusieron.

En aquel caso hubo otro detalle fuera de lo corriente: la resolución contemplaba que acudiera a firmar semanalmente ante el alcalde de Matamoros, Alberto Granados Favila. La nota de la época también consignó que, según el juez, la FGR no expuso los hechos materia de la extradición ni precisó el estado de alguna investigación contra Cárdenas Martínez. 

La diferencia importa tanto como el parecido. «El Contador» obtuvo libertad provisional bajo restricciones que no fueron cumplidas; Ruffo recibió prisión domiciliaria con vigilancia permanente de la Guardia Nacional.

La pregunta que queda

En dos expedientes muy distintos aparece una escena familiar:primero, una medida de encierro defendida como necesaria; luego, una revisión judicial que permite cumplir el proceso fuera del penal. Eso no convierte a Ruffo en «El Contador».

Pero sí obliga a mirar menos el apellido del beneficiado y más el trabajo de quienes acusan: la solidez de sus argumentos, su actuación en audiencia y la explicación pública de sus cambios de postura.

Porque si la prisión puede trasladarse a una casa —o sustituirse por libertad provisional—, el público tiene derecho a saber exactamente por qué. Lo demás es el viejo deporte institucional de gritar «no sale» el miércoles y bajar la voz cuando se abre la puerta del frente del penal viernes.

Con información: ELNORTE/

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