El acercamiento público entre Omar García Harfuch y Terry Cole no es, por sí solo, una violación de la Ley de Seguridad Nacional.Pero sí exhibe la tensión central que dejó la reforma de diciembre de 2020: la cooperación con agencias como la DEA puede existir, incluso ser estrecha y tecnológicamente relevante, siempre que quede encauzada —y políticamente controlada— por los mecanismos mexicanos previstos en la ley.
Un decreto promulgado por Andres Manuel Lopez Obrador de una reforma aprobada por el Congreso de la Unión el 18 de diciembre de 2020,sirve de soporte jurídico para describir con puntualidad los diversos señalamientos en redes hacia Omar García Harfuch.
La reforma añadió el Título Séptimo a la Ley de Seguridad Nacional, artículos 68 a 76, y definió a los “agentes extranjeros” como funcionarios de otros países que realizan labores policiales, de inspección, supervisión normativa o técnicas especializadas. Por tanto, sus reglas alcanzan de lleno a personal de la DEA acreditado y operando en México.
Qué permite y qué prohíbe
| Tema | Alcance legal | Efecto sobre un contacto García Harfuch–DEA |
|---|---|---|
| Ingreso y acreditación | La SRE decide, previo acuerdo con SSPC, Defensa y Marina, la acreditación y circunscripción territorial de agentes extranjeros | La DEA puede trabajar en México, pero no libremente ni al margen de autorización estatal |
| Intercambio de información | Está permitido dentro de convenios y programas bilaterales de cooperación en seguridad | Compartir información sobre objetivos, laboratorios, rutas o tecnología puede ser legal |
| Actividad operativa | Los agentes extranjeros sólo pueden realizar enlace e intercambio de información; no pueden ejercer facultades reservadas a autoridades mexicanas ni ejecutar leyes extranjeras | La captura o acción táctica debe ser mexicana; la DEA puede aportar inteligencia o tecnología, no sustituir a la autoridad nacional |
| Contactos con autoridades | La ley veta gestiones directas fuera de SRE o de las dependencias previstas por convenios; además, regula los contactos de servidores públicos | Un contacto institucional de García Harfuch puede caber en el marco legal; una coordinación paralela, opaca o fuera de canales autorizados abre cuestionamientos |
| Reuniones y reportes | Para autoridades estatales y municipales, las reuniones requieren autorización previa del Grupo de Alto Nivel y presencia de SRE; sus llamadas, reuniones e intercambios deben reportarse dentro de tres días | El texto es más explícito con autoridades subnacionales; aun así, revela la intención de que la cooperación sea trazable y centralizada |
| Sanciones | La inobservancia por servidores públicos puede generar responsabilidad administrativa o penal, conforme a las leyes aplicables | No toda irregularidad es automáticamente delito, pero el incumplimiento puede activar consecuencias legales |
| Detenciones o extracciones | Si un gobierno extranjero promueve cohecho, privación ilegal de libertad o sustracción de personas para juzgarlas fuera del país, México debe suspender la cooperación respectiva y prohibir actividades de sus agentes | La ley responde al temor de operaciones extraterritoriales o capturas al margen de la jurisdicción mexicana |
El núcleo de la reforma está en los artículos 69 a 76: permite cooperación, pero convierte esa cooperación en materia de seguridad nacional gestionada desde el Ejecutivo federal.
Qué muestra Terry Cole
En un reciente video, Terry Cole,jefe de la DEA, relata que García Harfuch lo llamó aproximadamente media hora después de una operación contra “El Mencho”; habla de una misión bilateral y de flujo de información “de vuelta y de vuelta”. García Harfuch, a su vez, describe una operación ejecutada por componentes mexicanos de la Secretaria de la Defensa y afirma que existió “apoyo significativo” de tecnología estadounidense coincidente con otras fuentes de EE.UU.
Esta versión, tomada literalmente, dibuja un esquema que puede ser compatible con la Ley de Seguridad Nacional:
- La actuación material fue mexicana: fuerzas especiales, Fuerza Aérea y otros componentes de Sedena, según la propia declaración de García Harfuch.
- El apoyo estadounidense se describe como tecnológico e informativo, no como detención, cateo, ejecución de ley estadounidense ni operación autónoma de agentes de la DEA.
- La llamada posterior comunica el resultado de una acción, algo distinto de permitir que la DEA conduzca una operación en territorio mexicano.
Pero hay una frontera que la entrevista no permite verificar: no sabemos si el flujo de información, la asistencia técnica, las comunicaciones previas y las reuniones de coordinación transitaron por los convenios, acreditaciones, órganos de coordinación y controles que exige la ley. La entrevista acredita una relación funcional y directa; no acredita por sí misma la regularidad documental o procedimental de cada intercambio.
En nuestra lectura en Valor Tamaulipeco hemos defendido la colaboración mutua entre agencias y que ahora erroneamente centraliza esa cooperación en SRE, SSPC que puede volver más lenta, controlable y menos discreta la cooperación contra organizaciones criminales.
«La llamada entre García Harfuch y Terry Cole no prueba subordinación como se cita en redes; prueba algo más incómodo: México necesita cooperación estadounidense para golpear a criminales que operan a ambos lados de la frontera.
Esa ha sido la labor de Harfuch: le señalan dónde persiste el rezago en materia de criminales —saldo de un sexenio permisivo y tóxico— y se procede a su captura, aunque no en todos los casos la operación se concreta con éxito.
La ley de 2020 no prohibió esa cooperación; la metió a una caja política, burocrática y centralizada. En el papel, soberanía.
Lo hemos dicho y lo volvemos a repetir:
“Si a la voluntad, intención y fuerza de México se suma la inteligencia de EE. UU., con mayor fluidez y cercanía, no habrá poder criminal que se resista.”
Con información: @JJDiazMachuca/

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