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viernes, 25 de abril de 2025

EL “NARCO TE MATA y el GOBIERNO NOMAS TE VA APAGAR ?”: “SENADO BUSCA APROBAR INICIATIVA de LEY NIVEL VENEZUELA,CUBA,CHINA ,TURKMENISTAN,BIELORUSIA o MYANMAR en MATERIA de CENSURA y BLOQUEO”…otorgarles facultad de “apagar” internet es abrir la puerta al autoritarismo digital y cerrar las ventanas de la democracia.


La oficina del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos pidió al Senado considerar los estándares internacionales sobre libertad de expresión ante la iniciativa de Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión que pretende aprobar la mayoría en el Pleno el próximo lunes.

“Ante la presentación de la iniciativa de Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, hacemos un respetuoso llamado al Senado a garantizar espacios de consulta y considerar los estándares internacionales en libertad de expresión, información, privacidad, derechos digitales e indígenas”….@ONU-DHMEXICO

De acuerdo con los estándares internacionales de libertad de expresión enlistados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, existen seis principios rectores de la libertad de expresión en internet, donde dos de ellos indican el derecho a la igualdad y no discriminación y la privacidad.

El primero indica que los estados deben asegurar que ni las leyes ni las condiciones sociales, económicas o culturales, establezcan barreras que limiten a las personas en su derecho a usar Internet, por razones ideológicas, de género, raza, idioma o ubicación geográfica.

La segunda, señala que nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, la de su familia, domicilio o correspondencia, en un presupuesto del ejercicio del derecho a la libertad de expresión en línea y además, éste debe ser protegido por la ley y promovido por políticas públicas.

Ayer jueves, con menos de 24 horas para su lectura y análisis, las Comisiones Unidas de Radio, Televisión y Cinematografía; de Comunicaciones y Transportes y de Estudios Legislativos, dictaminaron en fast track la iniciativa que apenas había enviado el Ejecutivo con un día de antelación.

La propuesta fue catalogada por la Oposición como la “ley censura”, al pretender bloquear las plataformas digitales y “apagar” las concesiones de radio y televisión, tras facultar a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, una dependencia de Estado, para determinar los lineamientos que regulen lo anterior.

Se prevé que el dictamen sea discutido el próximo lunes en el Pleno del Senado, para su posterior envío a la Cámara de Diputados.

Facultades para “apagar” plataformas digitales en la nueva Ley de Telecomunicaciones: contexto, riesgos y debate

¿Qué implica la facultad de “apagar” plataformas digitales?

La reforma a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, impulsada por el Ejecutivo federal y actualmente en discusión en el Senado, otorga a la nueva Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) la facultad de bloquear temporalmente plataformas digitales a solicitud de autoridades competentes, en caso de que estas plataformas incumplan disposiciones legales aplicables. 

El texto legal, particularmente en su artículo 109, establece que la Agencia determinará los lineamientos y el procedimiento para ejecutar estos bloqueos, pero no especifica claramente cuáles serían los motivos, las autoridades que pueden solicitarlo, ni los límites y salvaguardas judiciales.

¿Por qué es polémico y qué riesgos advierten los organismos y expertos?

  • Ambigüedad y falta de garantías: El artículo 109 deja abierto el espectro de causas y procedimientos para el bloqueo, sin precisar si se requiere una orden judicial o si basta la solicitud de una autoridad administrativa. Esto genera preocupación, pues permite, en teoría, que una plataforma digital —incluyendo redes sociales, servicios de mensajería o streaming— pueda ser bloqueada sin un debido proceso ni criterios claros de excepcionalidad.
  • Riesgo de censura y restricción extrema de libertad de expresión: Diversas organizaciones, como la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), advierten que el bloqueo de plataformas digitales enteras constituye una medida extrema, equiparable al cierre de estaciones de radio o televisión, y que no puede justificarse frente a la prohibición de censura previa establecida en la Constitución y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 
  • La falta de requisitos claros y la concentración de facultades en una sola agencia aumentan el riesgo de abusos y restricciones arbitrarias a la libertad de expresión.
  • Contradicción con estándares internacionales: Tanto la ONU-DH como la Corte Interamericana de Derechos Humanos han señalado que cualquier restricción a la libertad de expresión debe estar claramente establecida por ley, ser excepcional, necesaria y proporcional, y contar con salvaguardas judiciales. La redacción actual de la iniciativa no cumple con estos estándares, al dejar la puerta abierta a bloqueos sin control judicial ni parámetros definidos.
  • Preocupación por posibles “apagones” o bloqueos masivos:Además de plataformas digitales, el artículo 161 de la iniciativa permite a instancias de seguridad pública adquirir y operar equipos para bloquear señales de telefonía e internet, sin detallar en qué situaciones podrían usarse, lo que abre la posibilidad a restricciones arbitrarias o apagones de internet en contextos de protesta o crisis social.

Respuesta y matices del gobierno

La presidenta Claudia Sheinbaum ha negado que la intención de la reforma sea censurar contenidos y ha reconocido que la redacción del artículo es problemática, sugiriendo que debe corregirse para acotar los supuestos de bloqueo únicamente a casos de seguridad nacional, evasión fiscal grave o violaciones legales específicas, y no por motivos de contenido. Sin embargo, hasta el momento, la iniciativa mantiene una redacción amplia y ambigua, lo que sigue generando alarma entre organizaciones de derechos humanos, la oposición y sectores de la sociedad civil.

Tabla comparativa: posturas y preocupaciones

Aspecto claveRedacción actual de la leyEstándares internacionalesPreocupación de ONG y ONU
¿Quién puede solicitar el bloqueo?Autoridades competentes (no definidas)Debe ser autoridad judicial o con control judicialFalta de claridad y control judicial
¿Motivos para el bloqueo?Incumplimiento de normativas (no especificadas)Solo casos excepcionales, definidos y proporcionalesAmbigüedad permite bloqueos arbitrarios
¿Procedimiento y salvaguardas?La Agencia define lineamientosDebe estar en la ley, con criterios clarosRiesgo de abuso y censura previa
¿Afecta contenido o solo cuestiones técnicas?No lo aclara; gobierno dice que no es por contenidoNo debe afectar libertad de expresión salvo casos extremosTemor de censura y restricción de derechos

Países autoritarios y dictatoriales donde prevalece el “apagón” de plataformas digitales

El escenario en el que un gobierno tiene la facultad de “apagar” o bloquear plataformas digitales, restringiendo el acceso a internet y redes sociales, es característico de regímenes autoritarios y dictatoriales. A continuación se presentan ejemplos documentados de países donde estas prácticas son sistemáticas y forman parte de una estrategia deliberada de represión política y control social.

Ejemplos destacados

1. China

  • El gobierno chino mantiene un control férreo sobre el acceso a internet mediante el llamado “Gran Cortafuegos”, bloqueando plataformas extranjeras como Facebook, Twitter y YouTube, y censurando cualquier contenido considerado sensible, como temas de derechos humanos, protestas o críticas al régimen.
  • El uso de VPN está restringido y perseguido, y el Estado obliga a las empresas tecnológicas a colaborar en la censura y vigilancia de usuarios

2. Irán

  • Irán implementa bloqueos periódicos de internet y redes sociales, especialmente durante protestas o crisis políticas. El uso de VPN es ilegal y perseguido, y el gobierno puede desconectar regiones enteras del país.
  • Las autoridades rastrean a quienes difunden información considerada subversiva, con consecuencias que incluyen prisión y tortura[14].

3. Myanmar (Birmania)

  • Tras el golpe militar de 2021, la junta militar ha impuesto repetidos apagones de internet, especialmente en zonas de conflicto o durante protestas, para aislar a la oposición y dificultar la difusión de información sobre abusos.
  • Una nueva ley de ciberseguridad permite cortar el servicio sin orden judicial y prohíbe el uso de VPN[2][7].

4. Cuba

  • El gobierno cubano ha cortado el acceso a internet y bloqueado plataformas de mensajería y redes sociales durante protestas, como ocurrió en julio de 2021, para evitar la difusión de imágenes y testimonios de la represión
  • La infraestructura digital es estatal y está bajo vigilancia, lo que facilita los apagones selectivos

5. Turkmenistán

  • Considerado uno de los regímenes más cerrados del mundo, el acceso a internet está severamente restringido, solo existen portales estatales y todas las plataformas internacionales están bloqueadas. El uso de VPN es ilegal y la vigilancia es extrema
  • Cualquier forma de disidencia digital es castigada con cárcel o desaparición.

6. Rusia y Bielorrusia

  • Ambos países han recurrido al bloqueo de plataformas y apagones de internet durante protestas o periodos de inestabilidad política, además de mantener una lista negra de sitios prohibidos y vigilar a los usuarios

7. Venezuela y Nicaragua

  • En América Latina, Venezuela y Nicaragua han bloqueado el acceso a redes sociales y sitios web de medios independientes en momentos de crisis política o protestas, utilizando a los proveedores estatales para ejecutar estas medidas.

Características comunes de estos regímenes

  • Bloqueo total o parcial de internet y redes sociales durante protestas, elecciones o crisis políticas.
  • Prohibición y persecución del uso de VPN y otras herramientas para evadir la censura
  • Vigilancia y represión a periodistas, activistas y usuarios que difunden información crítica
  • Control estatal de la infraestructura digital y colaboración forzada de empresas tecnológicas
  • Legislación ambigua o draconiana que permite el corte de servicios sin control judicial ni transparencia

Tabla de países y tácticas de apagón digital

PaísApagones de internetBloqueo de plataformasProhibición de VPNRepresión asociada
China
Irán
Myanmar
CubaParcial
Turkmenistán
RusiaParcial
BielorrusiaParcial
VenezuelaParcial
NicaraguaParcial

El poder de “apagar” plataformas digitales y restringir el acceso a internet es una herramienta central de control en regímenes autoritarios y dictatoriales. Estas prácticas son incompatibles con los estándares internacionales de libertad de expresión y derechos digitales, y suelen estar acompañadas de otras formas de represión y vigilancia estatal.

En el caso de México, debido a su redacción ambigua, la ausencia de controles judiciales y la falta de criterios claros y excepcionales para su aplicación, los organismos nacionales e internacionales han llamado al Senado a revisar y corregir estos puntos para garantizar que cualquier restricción sea legítima, proporcional y conforme a los estándares internacionales de derechos humanos.

Con informacion: ELNORTE/ MEDIOS/ REDES

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