La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha generado un escenario político-jurídico de alto impacto al rechazar las 955 candidaturas propuestas por el Senado para la elección judicial de junio, en un hecho que revela tensiones institucionales que trascienden un mero procedimiento administrativo, configurando lo que algunos analistas interpretan como un pulso entre poderes del Estado.
Contexto del conflicto
- La SCJN no alcanzó los 8 votos necesarios para validar candidaturas en sesión privada, pese al plazo constitucional que vence este viernes.
- El proceso de insaculación (sorteo) ordenado por el TEPJF se realizó sin evaluación de idoneidad, tras la renuncia del Comité Evaluador por contradicciones legales.
- Solo 8 de 11 ministros participaron en la votación, con 4 votos en contra que bloquearon la aprobación en bloque.
Implicaciones inmediatas:
- El Poder Judicial Federal no tendrá representación en las boletas electorales
- Los únicos candidatos serán los propuestos por:
- Ejecutivo federal
- Legislativo
- Jueces y magistrados en funciones
- Se incumplió el acuerdo de octubre que establecía un proceso público de selección con tarjetas de veto
Exclusión de aspirantes destacados
La decisión deja fuera a figuras jurídicas de primer nivel:
Cargo | Excluidos relevantes |
---|---|
SCJN | Marisela Morales (ex PGR),Rosa Elena González Tirado (ex CJF), Sergio Molina (CJF) |
TEPJF | Gabriela Villafuerte Coello, Enrique Figueroa Ávila (magistrados electorales) |
Tribunal Disciplinario | Jorge Cruz Ramos (ex CJF), Jorge Isaac Lagunes (magistrado) |
Dinámica de poder subyacente
El conflicto evidencia tres fracturas institucionales:
- Corte vs Senado: Disputa por el control del proceso de selección judicial
- Poder Judicial vs Electoral: Contradicciones entre TEPJF y tribunales de amparo que paralizaron el Comité Evaluador
- Autonomía vs Control político: La insaculación sin evaluación previa plantea dudas sobre meritocracia vs cuotas de poder
Paradoja constitucional:
La Carta Magna faculta exclusivamente a la SCJN para postular candidatos judiciales con mayoría calificada (8 votos), pero el mecanismo de insaculación ordenado por el TEPJF vulneró los filtros técnicos, generando un vacío que ningún poder puede llenar legalmente.
Este episodio marca un punto de inflexión en la relación entre los poderes constitucionales, donde los procedimientos técnicos han sido desplazados por tensiones políticas que podrían reconfigurar el equilibrio institucional mexicano.
Con informacion: ELNORTE/
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