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viernes, 21 de febrero de 2025

“QUE NO y QUE NO”: “RECHAZAN OTRA VEZ el APODO de MINISTRA del PUEBLO que se VOLVIO VIRAL en VIDEO EXHIBIENDO lo RUPESTRE y lo PEDESTRE de su LENGUAJE FLORIDO”…quiere aparecer en la boleta con sobrenombre.


A contrarreloj y en una sesión convocada poco antes de la medianoche de este viernes, el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) rechazó la impugnación de la Ministra Lenia Batres con la que pretendía aparecer en las boletas de la elección judicial con el apodo de “Ministra del pueblo“.

La decisión respalda al Instituto Nacional Electoral (INE), que argumentó que estos apodos rompen los principios de equidad e imparcialidad al posicionar estratégicamente a ciertos candidatos.

La hoy ministra se hizo famosa y viral con un video que exhibió su lenguaje florido en actitud pedestre en 2023,ya convertida en adalid de la justicia.

Claves del fallo y contexto político

  1. Motivos de la negativa:
  • El TEPJF determinó que el INE sí tiene competencia para decidir sobre los elementos de las boletas electorales, incluidos los sobrenombres.
  • Los magistrados coincidieron en que los apodos —como “juez de AMLO” o “ángel de la justicia”— podrían confundir al electorado y actuar como propaganda encubierta, favoreciendo a candidatos vinculados a la llamada Cuarta Transformación (4T).
  1. Argumentos de Batres vs. realidad legal:
  • Batres alegó que el sobrenombre “Ministra del pueblo” reflejaba su identidad pública y no buscaba ventajas electorales. Sin embargo, el TEPJF señaló que no hubo aval previo del Senadopara incluir estos apodos en las listas oficiales, requisito establecido en la ley.
  • La resolución subrayó que la ausencia del sobrenombre no viola derechos políticos, ya que no es un elemento esencial en las boletas.
  1. Trasfondo político:
  • La designación de Batres como ministra de la Suprema Corte en 2023 por parte de Andrés Manuel López Obrador —sin pasar por el Senado— ya generó críticas por su perfil afín a Morena.
  • De 24 candidatos que solicitaron usar apodos, 23 estaban alineados con la 4T, lo que el INE consideró un intento de instrumentalizar el proceso electoral.

¿Circo o protección institucional?

La insistencia de Batres en usar un apodo con connotaciones populistas —sumada a otros intentos como “juez de AMLO”— revela una estrategia para capitalizar simbologías políticas en un proceso que debería ser técnico y fundamentalmente serio. 

Mientras Batres insiste en su narrativa de “ministra del pueblo”, la resolución recuerda que la justicia electoral debe operar con estándares claros, no con eslóganes. El mensaje implícito es contundente: la legitimidad judicial no se construye con apodos, sino con transparencia y apego al marco legal.

Con informacion: ELNORTE/

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