El fallecimiento de un adulto mayor ,quien presuntamente se suicidó dentro de las rejas de la cárcel de la Guardia Estatal del sur de Tamaulipas,luego de ser detenido en la zona norte de Tampico por el “peligroso atrevimiento de robar unos cacahuates”, que parece le mereció la pena de muerte,está dejando más dudas que certezas a los familiares del infortunado anciano, otra victima del “humanismo” de Morena y su policia,que por cierto y en esa misma zona,aplicaron otro criterio, primero con el atacante de Melanie al que inicialmente liberaron sin ser detenido y luego con ella misma al ser sorprendida robando en una boutique de centro comercial.
La sobrina del infortunado,Erika Lizett Lopez Gonzalez, advierte que su familia se ha declarado inconforme con las investigaciones que ha realizado la Fiscalía de Justicia del estado:
“De momento no sabemos en dónde nos vamos a presentar, me voy apoyar con nuestro abogado, que nos apoye con información, si él se suicidó yo lo único que pido es justicia por la negligencia de las autoridades, yo entiendo que, si él cometió el error de hurtar algo, pues obviamente la autoridad hizo lo suyo, que fue detenerlo, pero me siento inconforme, porque en ningún momento a nosotros se nos notificó (de su arresto)“, puntualizó.
Dijo que el cuerpo del señor Jorge Luis Rodríguez Argüello de 68 años, les fue entregado hasta el jueves pasado a eso de las 12:00 de la noche, una vez que obtuvieron un documento en la FGJ, para poder sepultarlo al siguiente día, el viernes, en el municipio de Aldama, de donde era originario.
Aceptó que batallaron para poder recibir el cuerpo de parte de la FGJ, pues debieron identificarse plenamente ella y su mamá, y otros tíos, pues su tío vivía solo en un domicilio de la colonia Natividad Garza Leal, luego que estaba separado de su esposa desde hacía tiempo, teniendo como oficio la albañilería.
En este mismo sentido, dijo que sabían que tenía algunas enfermedades, como la presión arterial alta, pero negó que su tío haya tenido demencia senil o alguna otra enfermedad esquizofrénica, es por esto que tienen muchas dudas sobre su detención, luego que no saben a ciencia cierta por qué se le detuvo, si era por la denuncia del robo o si lo estaban cazando en algún lugar después de estos hechos.
“Ellos argumentan que se suicidó, ¿por qué entonces ellos no hicieron su trabajo correctamente?, no le retiraron las cosas con las que él pudiera hacerse daño en caso de que así hubiera sido, es lo que quiero que se investigue; el médico legista determinó que había sido asfixia por suicidio, y bueno, yo revisé el cuerpo y se veía (en el cuello) como una incisión, más que una marca de ahorcamiento pareciera a lo que yo vi, pareciera como si hubiera sido una cortada como de bisturí, yo no le vi ninguna laceración“.
“Es correcto, nosotros no estamos conformes (con la versión del suicidio), igual puede ser cierto, y si es así nosotros vamos a exigir que las autoridades nos digan el por qué él ingresó con algo que se pudo hacer daño, ¿por qué la negligencia?, y el trato que le dieron, porque no era un delito grave como para que lo encarcelaran y lo trataran de la manera como lo hicieron, y sobre todo para que su vida estuviera en riesgo como lo que pasó“.
Marco legal actual
La legislación mexicana tiene una postura compleja respecto al robo por hambre o necesidad, conocido también como “robo famélico”. Aunque no está específicamente tipificado en el Código Penal Federal, existen algunas consideraciones importantes:
- El Código Penal Federal no menciona explícitamente el robo por hambre, sino que lo clasifica simplemente como robo.
- El artículo 379 del Código Penal Federal establece que no se castigará a quien, sin emplear medios violentos, se apodere una sola vez de objetos estrictamente indispensables para satisfacer sus necesidades personales o familiares del momento.
Interpretación judicial
- La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido tesis que reconocen una excluyente de responsabilidad en casos de robo por hambre o miseria manifiesta, cuando el valor de lo sustraído solo sea suficiente para proporcionar alimento al delincuente o a su familia por una sola vez.
- Algunos jueces federales han determinado que una persona que roba para alimentarse a sí misma y a su familia no debe ser sancionada penalmente, aplicando la excluyente del delito conocida como “estado de necesidad”
Propuestas de reforma
- Se han presentado iniciativas para reformar el Código Penal Federal y excluir explícitamente el robo por necesidad.
- Estas propuestas buscan que no se castigue a quien, sin emplear medios violentos, se apodere una sola vez de objetos indispensables para satisfacer necesidades básicas.
Realidad en la práctica
A pesar de estas consideraciones legales:
- Aproximadamente 5,000 a 7,000 personas están encarceladas en México cumpliendo condenas de hasta 10 años por robar alimentos.
- Muchas de estas personas son de escasos recursos y no tienen acceso a una defensa adecuada.
- Se han reportado casos de sentencias desproporcionadas, como condenas de seis meses de cárcel y multas de 4,000 pesos por robos menores.
En resumen, aunque la legislación mexicana contempla cierta flexibilidad en casos de robo por necesidad, en la práctica muchas personas siguen siendo encarceladas por estos delitos. Esto ha llevado a un debate sobre la necesidad de reformar el sistema penal para abordar de manera más justa y humana los casos de robo por hambre.
Discurso humanista vs. realidad
El caso del fallecimiento del adulto mayor Jorge Luis Rodríguez Argüello en la Cárcel Preventiva Estatal de Tampico contrasta fuertemente con el discurso humanista que el gobierno de Morena en Tamaulipas, encabezado por el gobernador Américo Villarreal Anaya, ha promovido desde su llegada al poder. Este contraste se evidencia en varios aspectos:
El gobernador Américo Villarreal ha enfatizado repetidamente la importancia del humanismo en su administración:
- Formación policial: Villarreal ha declarado que el humanismo y el respeto a los derechos humanos son fundamentales en la formación de los nuevos policías.
- Servicio público: Ha afirmado que “el amor al prójimo es la esencia del humanismo” y que los servidores públicos deben actuar con ética y honestidad.
- Política de gobierno: Villarreal ha manifestado que el humanismo es “la bandera de nuestro movimiento y prevalece en cada decisión que tomamos al trabajar por el bienestar social”.
Contradicciones evidentes
Sin embargo, el caso de Rodríguez Argüello revela serias contradicciones:
- Trato inhumano: La detención por un delito menor (robo de una bolsa de cacahuates) y su posterior muerte en custodia sugieren un trato desproporcionado e inhumano.
- Falta de atención médica: Considerando la edad y condición de salud del detenido, no parece haberse aplicado el enfoque humanista proclamado.
- Negligencia en la custodia: La falta de supervisión adecuada que permitió el presunto suicidio contradice los principios de cuidado y respeto a la vida.
Responsabilidad penal de los policías
Sí, existe responsabilidad penal para los policías según la evidencia proporcionada. Los principales puntos a destacar son:
- Delitos generales: Los policías pueden ser responsables penalmente por cualquier delito que cometan, ya sea en el ejercicio de sus funciones o fuera de ellas.
- Delitos específicos: El Código Penal contempla delitos específicos para servidores públicos, incluyendo policías, con penas generalmente más graves que para civiles.
Abuso de autoridad
El artículo 215 del Código Penal Federal tipifica el delito de abuso de autoridad, que puede ser cometido por policías. Algunas conductas sancionadas incluyen:
- Impedir la ejecución de una ley o resolución judicial usando la fuerza pública.
- Retardar o negar indebidamente la protección o servicio que tienen obligación de otorgar.
- Realizar detenciones arbitrarias o mantener privadas de libertad a personas sin cumplir requisitos legales.
Las penas por abuso de autoridad van de 1 a 9 años de prisión, multas y destitución e inhabilitación del cargo público.
Otros delitos relevantes
- Detención ilegal: Privar ilegalmente de la libertad a una persona es un delito que pueden cometer los policías.
Consideraciones importantes
- La responsabilidad penal de los policías es independiente de otras responsabilidades civiles o administrativas.
- El índice de impunidad para delitos cometidos por policías es muy alto en Tamaulipas(99.5%), lo que dificulta su procesamiento efectivo.
- Existen protocolos y lineamientos que buscan prevenir abusos policiales, como el respeto a los derechos humanos y el uso adecuado de la fuerza.
Es importante señalar que, a pesar de las leyes existentes, persisten desafíos en la aplicación efectiva de la justicia contra policías que cometen delitos.
Con informacion: MEDIOS/REDES/Hoytamaulipas/
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