12 policías no volvieron a las calles de Culiacán, pues dicen las autoridades que no aprobaron los exámenes de control y confianza, un examen que incluye una batería de pruebas,entre estas:
Examen médico para conocer el estado de salud delempleado
Examen toxicológico para determinar si el empleado ha ingerido o ingiere sustancias con efectos similares a los estupefacientes
Estudios de ADN, que se realizan a partir de células que contienen ADN, como las de las uñas, la mucosa bucal, la sangre, los huesos, los cabellos, etc.
Evaluación psicológica
Evaluación poligráfica
Evaluación de entorno social y situación patrimonial
El que debía poner el ejemplo los “REPROBO TODOS,TODAS las VECES”
Todas las pruebas en su conjunto ofrecen un resultado y que en el caso de OMAR GARCIA HARFUCH fue REPROBATORIO.
Y como se sabe, cada vez que los reprobaba durante su estadía en la Policia Federal, era cuerpeado por sus jefes hoy en prision para no ser echado a la calle, como hoy lo hace el con el resto.
En la POLICIA FEDERAL García Harfuch nunca pudo acreditar las pruebas y no fue por su salud, fue por sus nexos con criminales que literalmente volvieron loco al polígrafo”.
En el caso de la Policía Municipal y de Transito en Culiacan,fue el 25 de julio que fueron desarmadas por el ejercito ,donde tambien las practican muy de vez en cuando y solo los Generales no las reprueban, dos indicadores que dejan ver la farsa en el uso de estas herramientas que debrian escudriñar la honestidad de servidores públicos en las áreas de seguridad y procuración de justicia, entre otras.
A las pruebas se sumo la revisión del armamento,para constatar sin que no hayan sido utilizadas en un hecho delictuosa y fue practicada ilusamente por el ejercito ,que parece desconocer que “muchos policias mañosos usan armas secundarias”.
Aun asi la SEDENA decidió revisar cada pistola, fusil y munición,que sumo la inspección sobre los certificados de control y confianza.
Fueron casi mil elementos que acudieron a la Ciudad de México para someterse a pruebas por la Sedena y que tuvieron que ser en “microondas o al vapor”, pues a pesar de los nutrido del personalizo demoraron y casi un mes después, el pasado 28 de Octubre, se dio a conocer que casi todos habían vuelto a las calles con sus licencias oficiales colectivas para uso de armas avalada.
Sin embargo, hay 12 elementos que no superaron las pruebas.
“Es una tramitología que sigue el Ayuntamiento de Culiacán”, señaló Gerardo Mérida Sánchez, secretario de Seguridad Pública de Sinaloa, al explicar que los elementos deberán ser reportados por las autoridades municipales y sus órganos internos de control.
No existe una lista de los policías que no aprobaron las evaluación de control y confianza, pero el Ayuntamiento de Culiacán debe iniciar expedientes sobre cada una de las personas involucradas y dictar medidas, que pueden ser administrativas o, en su caso, penales.
La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública que “Violaron los superiores de Omar García Harfuch”, que recibieron oportunamente los resultados de “NO CUMPLE el PERFIL”, establece que en el artículo 96 que todas las “Instituciones Policiales contratarán únicamente al personal que cuente con el requisito de certificación expedido por su centro de control de confianza respectivo“.
¿Qué dice la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública sobre las evaluaciones de control y confianza?
Artículo 97.- La certificación tiene por objeto:
A.- Reconocer habilidades, destrezas, actitudes, conocimientos generales y específicos para desempeñar sus funciones, conforme a los perfiles aprobados por el Consejo Nacional;
B.- Identificar los factores de riesgo que interfieran, repercutan o pongan en peligro el desempeño de las funciones policiales, con el fin de garantizar la calidad de los servicios, enfocándose a los siguientes aspectos de los integrantes de las Instituciones Policiales:
I. Cumplimiento de los requisitos de edad y el perfil físico, médico y de personalidad que exijan las disposiciones aplicables;
II. Observancia de un desarrollo patrimonial justificado, en el que sus egresos guarden adecuada proporción con sus ingresos;
III. Ausencia de alcoholismo o el no uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares;
IV. Ausencia de vínculos con organizaciones delictivas;
V. Notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, ni estar sujeto a proceso penal y no estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme como servidor público, y
VI. Cumplimiento de los deberes establecidos en esta Ley.
Con informacion de : REVISTA ESPEJO/MEDIOS
No hay comentarios.:
Publicar un comentario
Tu Comentario es VALIOSO: