Visitanos tambien en:

miércoles, 25 de noviembre de 2020

"QUE se la CORTE,DIJO la CORTE": CABEZA de VACA PERDIO DEMANDA,QUERIA COBRAR IMPUESTOS por "ALUMBRAR al PUBLICO" en TAMAULIPAS...segun los metros de frente de tu predio.



El gobierno de Francisco García Cabeza de Vaca y el Congreso de mayoría panista autorizaron el cobro por alumbrado público en Tamaulipas; sin embargo, el caso fue impugnado por la presidenta de la CNDH, Rosario Piedra Ibarra, y ganado esta semana.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó cobros autorizados por el Congreso de Tamaulipas y el Gobernador de Tamaulipas, que pretendían hacer por el alumbrado público y por acceder a información pública.

“La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diferentes artículos de diversas Leyes de Ingresos de municipios del Estado de Tamaulipas, para el ejercicio fiscal de 2020”, informó el lunes la Corte.

El Tribunal pleno determinó, en primer lugar, que las normas que establecían el cobro por la prestación del servicio de alumbrado público transgredían los principios tributarios de proporcionalidad y equidad.

El gobierno de Tamaulipas pretendía cobrar en municipios por el alumbrado público, basándose en los metros de frente de cada predio.

Los cobros fueron autorizados por la mayoría del Congreso panista y publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tamaulipas, el 25 de diciembre del 2019.

La SCJN consideró que “dichas normas generaban incertidumbre en los contribuyentes dada la amplitud de sus disposiciones, pues el legislador no precisó si se trataba del universo de predios del municipio o sólo del barrio, colonia, población específica u otra circunscripción territorial”.

Otra de las leyes que invalidó la SCJN que fueron aprobados para Tamaulipas, fue el cobro por búsqueda de información pública.

“Se invalidaron los preceptos que establecían el cobro por el servicio de ‘búsqueda’, por vulnerar el principio de gratuidad en el acceso a la información; y, los artículos que establecían el cobro por su entrega en copias simples, certificadas y medios técnicos, por considerar que las normas no se establecieron en función de una base objetiva y razonable”, detalla el documento.

fuente.-ElMañana de Nuevo Laredo/

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

Tu Comentario es VALIOSO: