lunes, 13 de agosto de 2018

¡ CAMARA ! con las "CAMARAS en POLECIAS"...la tecnología seguirá dependiendo del comportamiento humano cada vez menos humano.

No fueron pocos las y los candidatos que, como parte de sus plataformas electorales, propusieron incorporar cámaras de video a los uniformes de sus policías.1 Si bien es cierto que esta medida ha sido implementada con cierto grado de éxito en otras latitudes, la propia experiencia internacional señala que, en sí misma, resulta insuficiente si no va aparejada de múltiples esfuerzos de fortalecimiento institucional. 
Dada la posibilidad de que esta alternativa tome auge en los procesos de transición que están por arrancar, vale la pena explorar sus alcances y limitaciones.

¿Por qué monitorear el comportamiento policial?

La función policial es, sin duda, una de las responsabilidades más importantes del Estado. A través del actuar de la policía, el Estado ejerce su autoridad sobre las y los ciudadanos para hacer cumplir la ley. Cuando esta actuación se apega al Estado de Derecho, la policía se convierte en un potente instrumento para la gobernabilidad y convivencia democrática. Sin embargo, cuando es incompetente o, peor aún, opera al margen de la ley, el daño al pacto social es en muchos casos irreparable.
Desde esta perspectiva, una de las grandes paradojas de la policía es que representa en sí misma un gran activo y, de manera simultánea, un alto riesgo si no se le encausa positivamente. De ahí que a nivel mundial las prácticas y mecanismos para monitorear y supervisar los servicios policiales hayan evolucionado drásticamente en las últimas décadas.

Las cámaras están de moda

Dentro de esta evolución, el uso de cámaras en uniformes policiales ha recibido una importante atención social y mediática. Esta tendencia comenzó a intensificarse particularmente en los Estados Unidos (y de alguna forma también a nivel internacional) cuando el Poder Judicial de aquel país ordenó la portación de cámaras individuales como parte de un esfuerzo para prevenir la discriminación racial por parte de la policía de Nueva York.2
Asimismo, a mediados del 2015, el Grupo de Trabajo del Presidente Obama para la Supervisión Policial del Siglo 21 –creado ante el notable aumento de casos de abuso policial– anunció la distribución de 75 millones de dólares en recursos federales a policías locales a fin de que éstas adquirieran dichos equipos.
Junto con otros ejemplos, estos anuncios detonaron el interés, dentro y fuera de Estados Unidos, en torno a las implicaciones del uso de nueva tecnología de videograbación para transparentar y mejorar el desempeño policial.
Para sus defensores, la hipótesis principal es que utilizar estos dispositivos propicia la reducción de casos de uso excesivo de la fuerza. Se asume que esto ocurre debido a que ambas partes de la interacción policía–sospechoso se adhieren a las normas sociales y mejoran su conducta cuando descubren que alguien les está observando.3 En otras palabras, las cámaras se convierten en una especie de "observador externo" capaz de disuadir a la policía de una mala actuación, al tiempo que incentivan al sospechoso a controlar su propio comportamiento.
Teóricamente, las cámaras ofrecen ventajas adicionales. En principio, acotan la discrecionalidad de la actuación policial, reducen las denuncias contra las y los agentes e incrementan la evidencia imparcial y objetiva existente, lo que podría aumentar la eficiencia en las vinculaciones a proceso. Pero eso no es todo: las cámaras pueden servir como herramienta para el análisis conductual, el desarrollo de alertas tempranas e incluso para el aprendizaje institucional. En general, se asume que esta propuesta promueve la confianza en y la legitimidad de la policía. De ser cierto, esto bien podría ayudar a subsanar uno de los mayores retos en México, donde alrededor del 70 por ciento de los ciudadanos cree que su policía local es corrupta o ineficiente.

¿Funcionan las cámaras? Lo que dice la evidencia

Un estudio en Rialto, California (2014) encontró que las y los policías que portan una cámara reducen a la mitad la probabilidad de utilizar la fuerza y que, tras la intervención, la tasa de quejas en su contra cayó de 0.7 a 0.07 contactos ciudadano-policía por cada 100 mil habitantes. Un segundo estudio en la Isla de Wight, Inglaterra (2015) encontró que las quejas contra la policía se redujeron 15 por ciento al utilizar estos dispositivos. El reporte encontró también que 82 por ciento de la ciudadanía en ese lugar piensa que las policías deberían utilizar estos instrumentos de manera rutinaria. En otra investigación (2016), académicos estudiaron siete instituciones policiales y encontraron que las quejas cayeron 93 por ciento. 
No obstante, la evidencia empírica es escasa y los estudios no son concluyentes.4 Existen múltiples factores que pueden influir en la evaluación, como la decisión de poder prender y apagar la cámara o la manera en que se coordinan distintos agentes para grabar un mismo hecho.
Además del costo,5 esta práctica implica muchos desafíos operativos. Por un lado, las cámaras corporales han levantado preocupaciones sobre el manejo de la privacidad de las y los ciudadanos, principalmente víctimas, grupos minoritarios, testigos e informantes confidenciales. Por el otro, su uso significa también un cambio radical en los términos de trabajo de la policía y en sus condiciones de privacidad, lo que en algunos casos ha producido resistencias desde el interior.

La reforma que necesitamos

A pesar de los retos existentes para su implementación y operacionalización,6 resulta innegable que una discusión a fondo sobre los alcances y limitaciones de esta alternativa podría abonar al debate en México en un momento como éste, en el que la estrategia de seguridad está siendo revisada.
De implementarse algunos experimentos de este tipo en el país se podrían desarrollar lineamientos, protocolos y procedimientos técnico-operativos que proporcionen orientación básica sobre su uso en un importante número de rubros.7 A su vez, la formalización de esta práctica podría ser útil para activar otros cambios indispensables en las instituciones policiales.
Sin embargo, se debe tener cuidado con caer en la trampa del modelo incremental de la seguridad públicaEl uso de cámaras en uniformes policiales no puede ser visto como la respuesta universal a las deficiencias de las policías. Se requiere, por ejemplo, mejorar integralmente sus condiciones de trabajo. Urgen también mecanismos de control, principalmente externos, que coadyuven a procesar los abusos y excesos policiales. Sin ello, las cámaras no tendrían sentido.
Dado el cambio de clima político tras las elecciones, en los próximos meses México tendría frente a sí la posibilidad de arrancar un verdadero proceso de reforma policial, incluso desde el nivel local. La tecnología ciertamente debe jugar un papel fundamental, pero la reforma debe ser integral. Si las transformaciones no se toman con seriedad, el efecto podría ser contraproducente.

Fuente.-Alejandro Espriú Guerra 
Investigador especializado en reforma policial democrática, principalmente en mecanismos de rendición de cuentas policial.

David Pérez Esparza 
Investigador en seguridad y candidato a Doctor por University College London (UCL).


1 Entre ellos: Alejandra Barrales y Mikel Arriola en CDMX, José Serrato en Sonora y Francisco Pérez en Querétaro.
2 En 2013, una jueza de la Corte Federal de Distrito en Manhattan dictaminó la inconstitucionalidad del programa del Departamento de Policía de Nueva York “stop, question, and frisk” y, entre otras medidas, le ordenó a sus agentes comenzar a portar cámaras.
3 Desde hace tiempo, investigadores como Milinski et al. (2002); Wedekind y Braithwaite(2002), y Bateson et al. (2006) han estudiado este fenómeno con énfasis en análisis psicológico y conductual.
4 Los estudios existentes tienen retos metodológicos importantes: empleo adecuado de grupos de control; enfoque en evaluación del desempeño y no sólo medición de percepción; limitado alcance de la examinación o un número poco significativo de cámaras desplegadas, por mencionar algunos.
5 Estos programas requieren sufragar costos directos asociados a la compra del hardware y su mantenimiento, así como gastos indirectos cuyo precio debe ser considerado en el presupuesto (almacenamiento, gestión de datos, pago a técnicos, etc.).
6 La realidad de esta práctica ha demostrado ser compleja. Incluso habiendo superado dificultades técnicas y financieras, las cosas pueden salir mal: las cámaras frecuentemente se unen a la solapa o cascos de un(a) oficial y parece ser común que puedan caerse durante los incidentes o estar en ángulos lejos de la acción. Adicionalmente, uno de los mayores retos es conseguir que los agentes activen y usen las cámaras de manera adecuada.
7 Por ejemplo, la obligatoriedad o no del programa; la forma en que se manejaría el consentimiento del público que está siendo grabado; las reglas para que los policías puedan acceder o no al material (antes de ser entregado); las condiciones de resguardo de las grabaciones (antes de su eliminación); los criterios de acceso público a la información y el desarrollo de sanciones en caso de incumplimiento.

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